Durante el año se instarán 18 centros de Pre-Incubación, 5 centros de Incubación.
De los primeros ya se definieron ocho lugares para operar, y empezarán a funcionar durante abril, se agregó.
- Centro Municipal de Emprendimiento, Santa Catarina Pinula. 1ª. calle 5-50, zona 1 en Santa Catarina Pinula.
- Incubadora Municipal de Empresas en Villa Nueva, 5ª. avenida 4-45, zona 1, edificio anexo a la municipalidad.
- Centro Municipal de Emprendimiento, Municipalidad de Guatemala. 8ª. avenida 12-58, zona 1, ciudad de Guatemala.
- Proyectos Claretianos de Desarrollo en Guatemala (Procladegua), 3ª. calle 12-18, zona 8 de Mixco, Ciudad San Cristóbal, Guatemala.
- Facultad de Ingeniería de la USAC, oficina de planificación, edificio T4, 2º. Nivel campus central USAC, zona 12.
- OQENIQ, Vía 6, 3-56, zona 4, Edificio OEG, 5º. Nivel, Guatemala.
- Campus Tec, Vía 4, 1-00, zona 4. Edificio Campus Tec II, auditórium 2º. Nivel.
- Facultad de Ciencias Económicas USAC, Edificio S8, laboratorio 1, primer nivel, campus central de la USAC, zona 12.
Con los Centros de Emprendimiento se prevé capacitar el primer año unas 1 mil 200 personas en modelos y validación de negocios además de lograr formalizar 250 empresas.
En el 2018 se hizo un plan piloto o experimento se observó que solo el 12% se logró formalizar pro lo que se prevé continuar la labor.
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Además, se estableció el 16 de abril de cada año como el Día Nacional del Emprendimiento.
Qué es una sociedad de emprendimiento y quienes la pueden conformar
- Para inscribirse los emprendedores pueden usar la nueva figura de Sociedad de Emprendimiento (S.E.)
- Puede ser Sociedad Unipersonal
- No necesita escritura pública para su constitución (Sistema electrónico en el Registro Mercantil
- Recibe únicamente aportaciones dinerarias
- Sin reserva legal
- Debe transformarse al superar ingresos establecidos en la ley.
- Las acciones suscritas tienen hasta 2 años para pagarse
- La administración estará a cargo de uno de los accionistas
- No pueden vender las acciones en la bolsa
Quién puede financiarla
- Personas, empresas y entidades puede financiar o hacer aportes a una S.E.
- Todo aporte hecho a una S.E. es deducible del ISR, sin embargo no se puede exceder de un 5% de la renta bruta o de Q500 mil en un ejercicio fiscal.
- Las personas que hagan aportes no pueden participar en la S.E.
- Además las entidades bancarias deberán permitir la apertura de cuentas bancarias para las S.E. solicitando 3 requisitos base: el DPI, el nombramiento y patente de sociedad de emprendimiento
- Sin embargo, el Mineco advierte que se mantendrán los requisitos y controles que se derivan del cumplimiento del Decreto 67-2001, Ley Contra el Lavado de Dinero u otros Activos y el 58-2005, Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo, ambos del Congreso.
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