Juan Pablo Estrada, de la Asociación Nacional de Constructores de Viviendas (Anacovi), indicó que para comenzar a implementarse, lo importante para es la debida capacitación a los desarrolladores, a la banca y al cliente, para que conozcan el mecanismo de operación de la ley.
Las disposiciones cobrarán vigencia, según lo establezca el reglamento respectivo, pero en términos generales, la ley será aplicable en proyectos habitacionales con un valor de venta máximo de 170 salarios mínimos (no agrícolas, vigentes en el año correspondiente), añadió por aparte José Antonio Solares, directivo de la Asociación Centroamericana para la Vivienda (Acenvi).
Respecto al interés de las desarrolladoras por impulsar este tipo de proyectos, el directivo explicó que en el mercado actual, ya existen varios que ofrecen rangos entre los establecidos, como opciones habitacionales de hasta Q545 mil 570. “Con esta iniciativa, se abre la oportunidad de tener casa propia para un segmento que no estaba siendo atendido. O sea, un 67% de la población, de manera que si la demanda existe, la oferta se va a generar”.
Y considera que la demanda de este segmento de vivienda va a crecer como resultado de la aprobación de la LIP lo cual permitirá a las familias adquirir su primera vivienda y por ende, los proyectos se van a ir generando cada vez a mayor escala.
Anacovi estima de forma conservadora que, en el primer año, se estarán construyendo alrededor de mil viviendas para atender a este segmento y prevé un crecimiento de 50% anual.
Oferta interesada
Cualquier proyecto que esté en los rangos de precios que permite la ley en mención, puede ser opción para que el cliente final lo seleccione y utilice el mecanismo descrito en la legislación, explicó Estrada al consultarle sobre el surgimiento de proyectos interesados en ese mecanismo.
Actualmente, los proyectos que podrían aplicar a esta ley son del tipo Modelos Urbanos de Vivienda Integrada Sostenible conocidos como Muvis y Muvis Plus, coinciden los directivos entrevistados, los que se promueven por medio del reglamento del Régimen de Vivienda Prioritaria de la Municipalidad de Guatemala.
“La Ley de interés preferencial viene a incentivar el sector desarrollador de vivienda, ya que permitirá ampliar el alcance hacía la mayoría de la población dado que la cuota hipotecaria será más baja para los compradores”, añadió Solares, indicando que representa una mayor oportunidad para los desarrolladores porque tendrán una alta demanda “y podrán tener ritmos de venta más ágiles y ciclos de proyectos más reducidos”.
Anacovi enumeró los proyectos con características de vivienda social (tipo Muvis) que han ingresado solicitudes al Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas (FHA), según datos actualizados al 28 de abril del 2022, y que tendrían posibilidad de optar a tasa preferencial, cuando ese mecanismo pueda implementarse.
Estos suman 833 unidades en edificios de apartamentos, de las cuales ya hay expedientes ingresados para 133 (antes de la vigencia de la nueva ley):
En estatus elegible:
- Torres Villa Luz (zona 17)
- Apartamentos La Arboleda (zona 1)
- Altos Zona 6 (zona 6)
En Proceso:
- Torre Atlántica (zona 18)
- Acacias 7 (zona 7)
- Villas Santa Marta (zona 1)
- Santo Domingo 12 (zona 1)
- Vías La Parroquia (zona 6)
- III Torres (zona 3)
Sin embargo, Estrada indicó que hay por lo menos ocho proyectos más de vivienda tradicional en la periferia del área metropolitana que suman varios cientos de viviendas adicionales, ya en comercialización, para reservar por los potenciales clientes.
En tanto Acenvi, menciona aparte de Vías La Parroquia y III Torres, otros de los proyectos que tienen diferentes fases de avance, que pueden aplicar a la tasa preferencial:
- Reserva Las Verapaces, Cobán, A.V.
- Trasciende Jocotales, Chinautla
- Berlindo, Mixco
- Colinas de Castillo, Mixco
- Naos, Villa Canales
- Próspera, zona 3 capitalina
- Acacias 7, zona 7, ciudad capital
- Villas San Rafael, zona 18 capitalina
Lo positivo de este mecanismo es que no necesita ninguna burocracia, ni creación de alguna entidad para echarlo a andar. “Se abre la oportunidad para quienes opten por utilizar esta Ley, de adquirir su primera vivienda y la puedan escoger en cualquier proyecto que tenga opciones habitacionales dentro de los rangos de precios que establece la ley, para obtener una cuota más accesible que les permita calificar para un crédito”, expuso Estrada.
El impacto que se generará es social, considerando que el mayor beneficiario será el usuario porque la normativa incluye a personas o núcleos familiares que tengan como ingreso mínimo el equivalente a dos salarios mínimos.
En cuanto al sector construcción, se tiene proyectado que, en el primer año de implementación de la Ley, se va a duplicar la oferta.
De acuerdo con la Acenvi, entre el impacto al usuario y al desarrollo inmobiliario de vivienda se incluye:
- Reducción del déficit cuantitativo habitacional.
- Mayor construcción de proyectos y más empleo. Se estima que por cada vivienda construida se generan 7 puestos de trabajo directos y 4 indirectos.
- Desarrollo de la economía, por un aumento directo del sector construcción.
Oportunidad de más familias tengan acceso a vivienda en propiedad (segmentos socioeconómicos C2, C3, y D1, que representa más del 60% de la población).