Incumplimiento

|

Suscriptores

La SAT calcula que en el 2023, la evasión del IVA y el ISR sumó Q45 mil millones

El ente recaudador guatemalteco le llama incumplimiento tributario a lo que deja de recaudar debido a diversos subterfugios utilizados por los contribuyentes para pagar menos.

guia-para-pagar-el-impuesto-de-circulacion-2024-SAT

La evasión del IVA e ISR representó Q45 mil 189 millones en el ejercicio fiscal 2023, según la Intendencia de Recaudación. (Foto Prensa Libre: Freepik)

El impuesto al valor agrego (IVA) y el impuesto sobre la renta (ISR) son los tributos sobre los que descansa más del 60% del financiamiento anual del Estado para este año, pero solo en el 2023, el incumplimiento estimado del pago de los mismos representó Q45 mil 189.7 millones, según la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) en conferencia de prensa realizada ayer.  

El reporte anual de la “Productividad, Eficiencia e Incumplimiento” de ambos tributos tiene como objetivo analizar las tipologías de evasión, a efecto de revertirlas, considerando que al cierre del 2023 los ingresos tributarios netos totalizaron Q95 mil 546 millones, pero al sumar los Q45 mil 189 millones no percibidos, se habrían alcanzado los Q140 mil 753 millones.

Detalle y justificaciones    

La evasión del IVA se calcula en Q14 mil 571 millones para el 2023 (24.8% del potencial) y en Q30 mil 618 millones la del ISR para actividades lucrativas (70.1%), lo que da un total de Q45 mil 189 millones, detallaron Marco Livio Díaz Reyes y Erick Echeverría, superintendente de la SAT e intendente de Recaudación.

CONTENIDO PARA SUSCRIPTORES

Al hacer un desglose del caso del IVA, el incumplimiento aumentó Q3,384.6 millones en comparación con el 2022, cuando fue de Q11 mil 186 millones, lo que las autoridades atribuyeron al desempeño de la economía. En 2021 se dejaron de percibir Q8 mil 624.5 millones y en 2020, Q9 mil 340 millones, ambos años influenciados por los efectos de la pandemia.

Por otro lado, el superintendente explicó que a pesar de que las remesas familiares financian en gran medida el consumo en los hogares (ya representan el equivalente al 20% del Producto Interno Bruto, PÏB), una parte significativa de esas transferencias se destina a la compra de alimentos y otros bienes de uso cotidiano en el sector informal de la economía, aparte de los servicios de educación o los medicamentos, que no son gravados.

Como medidas para lograr un cumplimiento del IVA al 100%, los funcionarios mencionaron el combate a las estructuras de facturación apócrifa, reducir la facturación a Consumidor Final (C/F) y la anulación de esos documentos contables, además de la masificación del uso del verificador integrado y otras herramientas que permitan la auditoría social.

"El impuesto al valor agrego (IVA) y el impuesto sobre la renta (ISR) son los tributos sobre los que descansa más del 60% del financiamiento anual del Estado para este año, pero solo en el 2023, el incumplimiento estimado del pago de los mismos representó Q45 mil 189.7 millones"

Informe Productividad, Eficiencia e Incumplimiento, SAT

En cuanto a la evasión del ISR de actividades lucrativas, el monto se calculó en Q30 mil 618.2 millones (70.1% de incumplimiento), cifra mayor a los Q28 mil 206 millones no percibidos en el 2022; los Q24 mil 898 millones del 2021 y los Q20 mil 599 del 2020.

De acuerdo con el decreto 10-2012, artículo 4, el régimen de actividades lucrativas del ISR incluye “con carácter general, todas las rentas generadas dentro del territorio nacional, se disponga o no de establecimiento permanente desde el que se realice toda o parte de esa actividad”. Entre otras, se incluyen las rentas provenientes de la producción, venta y comercialización de bienes y servicios en Guatemala.

Modificaciones legales

Díaz Reyes informó que el tema del ISR es más complejo y enlistó una propuesta de reformas al Libro 1 del decreto 10-2012, para fortalecer el trabajo de la SAT, tales como:

  • La modificación de la actualización y modificación del régimen de actividades lucrativas del ISR para que el cálculo del impuesto se base exclusivamente en la determinación de utilidades.
  • Mejorar la claridad, conceptualización y actualización de las normativas que determinan la deducibilidad o no, de costos y gastos.
  • Eliminar la limitación de identificar a las partes relacionadas (nacional-extranjero) para permitir a la SAT la aplicación de la Precios de Transferencias también a nivel local.

En cuanto al Decreto 6-91, Código Tributario, se solicitará:

  • Permitir a la SAT el acceso a la información bancaria de forma directa, sin necesidad de autorización judicial.
  • Permitir a la SAT el intercambio de información con otras jurisdicciones tributarias.

Y finalmente, para el Decreto Número 27- 92, Ley del Impuesto al Valor Agregado, se pedirá:

  • Actualizar y aclarar las normas que indican cuándo procede o no el crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Revisar la metodología

Consultado Abelardo Medina Bermejo, investigador del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi), recordó que la medición de los niveles de incumplimiento tributario es una medida de la efectividad del sistema tributario y del trabajo de la administración tributaria, por lo que el hecho de que la SAT haga el cálculo y no el Ministerio de Finanzas, como se hace internacionalmente, le introduce un incentivo perverso porque la administración tributaria puede presentar valores inferiores a los reales para aparentar un mejor desempeño.

CONTENIDO PARA SUSCRIPTORES

Respecto a las cifras presentadas, expuso que el incumplimiento del IVA es superior a lo que fue presentado previamente por la institución recaudadora y respecto al ISR, también puede ser más alto, derivado de aspectos metodológicos. 

“Gran parte de la discusión gira en torno al hecho de que la SAT sustrae, para efectos de cálculo del incumplimiento del IVA, valores muy importantes de producción para uso final, consumo no afecto y gastos de gobierno no gravables, así como del consumo exento, los que en muchos casos están superpuestos; al restarlos, se produce la ilusión de una base gravable menor y por ende, mayor cumplimiento. Ese aspecto debe revisarse”, apuntó.

Aclaró que hay otros aspectos como la no consideración de las solicitudes de devolución de crédito fiscal flotantes debido a que la SAT no las ha querido pagar aduciendo irregularidades, y el incremento en el saldo interanual de los créditos a favor del contribuyente, también deben confirmarse.

"El incumplimiento del IVA es superior a lo que fue presentado previamente por la institución recaudadora y respecto al ISR, también puede ser más alto, derivado de aspectos metodológicos" 

Abelardo Medina Bermejo, analista Icefi

“En el caso del ISR, el valor de incumplimiento tributario presentado por la SAT luce muy alto, pero eso se debe a que la SAT considera como evasión el uso de los mecanismos de arbitraje que la ley permite. Además, muchos contribuyentes de empresas periféricas prestan servicios a los grandes contribuyentes, pero solo pagan entre 5% y 7% de ISR, mientras las grandes pueden deducir el 25% o la existencia de altos salarios pagados a los propios dueños, como mecanismo de deducción”, explicó. 

Supuestos dudosos

Guillermo Díaz, coordinador del Instituto de Investigación en Ciencias Socio Humanistas de la Universidad Rafael Landívar (URL), afirmó que las estimaciones de la SAT dependen de los supuestos sobre las que se elaboraron y que pueden no coincidir con la realidad.

CONTENIDO PARA SUSCRIPTORES

“Por ejemplo, se puede suponer que un vendedor ambulante informal de flores o agua debe pagar ISR, pero en la práctica dicha persona no obtiene el mínimo de ingresos para tributar dicho impuesto. El ingreso promedio en economía informal es insuficiente para calificar como sujeto del ISR, según la encuesta de empleo e ingresos”, dijo.

A su criterio, las principales fugas de impuestos se realizan por la vía legal, mediante exenciones o clasificación de rubros en partidas que no corresponden. Entonces, se puede decir que la evasión es legal, amparada en leyes de incentivos fiscales que en ocasiones no encajan como tal. “Es un tema técnico que debe analizarse en su adecuada dimensión”, concluyó.

Para qué alcanzarían Q45 mil millones

A la pregunta de qué se puede hacer con Q45 mil millones, estas son los principales coincidencias de los especialistas:

  • Representa el 38% del presupuesto vigente de Q116 mil 130 millones.
  • Se puede pagar 2.7 veces el servicio de la deuda entre capital e intereses (Q16 mil 141 millones).
  • Es el doble del presupuesto asignado al Ministerio de Educación por Q22 mil 254 millones para el 2024.
  • Se puede cubrir 3.7 veces el presupuesto para el Ministerio de Salud que de Q12 mil 53 millones.

ESCRITO POR:

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.