Economía

Hoy termina prórroga de exoneración del 90% en multas, mora, intereses o recargos en la SAT

Hoy concluye el periodo de exoneración de multas, intereses y recargos a favor de los contribuyentes, luego de cuatro meses de que cobró vigencia el acuerdo gubernativo 82-2017. La prórroga duró un mes más y mantuvo el 90% de exoneración. 

Mañana martes 19 de septiembre concluye la prórroga de exoneración de multas, intereses y moras en la SAT. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

Mañana martes 19 de septiembre concluye la prórroga de exoneración de multas, intereses y moras en la SAT. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

El ministro de Finanzas Públicas, Julio Héctor Estrada, afirmó que no analizan más prórrogas en el tema de exoneración en multas, moras, intereses o recargos en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), por lo tanto, hoy es el último día en que los contribuyentes podrán gozar de este beneficio.


Por más de 115 días, los contribuyentes que mantenían adeudos con el fisco pudieron hacer uso de este beneficio, el plazo para pagarlos es de 18 meses.

Si usted aún no lo aprovechó, tiene unas horas más para poder realizar la gestión correspondiente, el miércoles 20 de septiembre ya no podrá aplicar a este beneficio.

Pasos para consultar sobre exoneración:

  • El primer paso, recomiendan los analistas, es constatar cuanto es el monto del adeudo por parte del contribuyente para poder hacer la liquidación.
  • En el sistema de automatización que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), puede realizar la consulta electrónica de lo adeudado.
  • En el informe se incluirá la cantidad a cancelar del impuesto, ya sin las multas, intereses y recargos.
  • Una vez, determinado el contribuyente podrá acercarse a los bancos del sistema o BancaSAT para poder realizar el pago.
  • Si por alguna razón, el tributante no cuenta con recursos disponibles, podrá solicitar un convenio de pago de hasta 18 meses para hacerlo efectivo.
  • La mayoría que se encuentran en esta situación son pequeños contribuyentes del impuesto al valor agregado (IVA) que representan el 69% de los contribuyentes que presentan omisos.

En otras instancias

  • Sí el contribuyente que se encuentra bajo proceso de fiscalización y busca aprovechar el beneficio deberá acudir a la SAT con la persona que lo está fiscalizando (auditores del ente recaudador) para hacer el recalculo de la exoneración.
  • Mientras que el contribuyente que tiene su caso por la vía judicial, dependiendo el estatus del proceso, tendrán que acercarse a la intendencia jurídica para poderlos orientar.

Recaudación por Exoneración

Los resultados de exoneración reflejan que los principales beneficiados son los pequeños contribuyentes. Del total el 63.2% son procesos no jurídicos y el 36.8% son procesos jurídicos.

Por lo anterior, la exoneración duplicó su recaudación respecto al proceso del 2014, aseguró el jefe de la SAT, Juan Francisco Solórzano Foppa y en los primeros tres meses se registraron más de 2.5 millones de declaraciones.

El 13.4% pagaron completo el beneficio y al menos 122 mil 742 vehículos solventaron el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos atrasado y el 86.6% que correspondía a declaraciones a cero, no pagaron impuesto, multa, mora ni intereses.

El total recaudado por la exoneración hasta agosto del 2017 asciende a Q1 mil 88.32 millones.

ESCRITO POR: