En el año de suspensión, Q1 mil 861 millones han dejado de entrar a la economía el país, de estos Q400 millones se refieren a estimaciones de impuestos y regalías, indicó Andrés Dávila, gerente de comunicación de la Minera San Rafael. La firma pide que se le permita seguir operando.
En tanto el Centro de Acción Legal y Ambiental (Calas), espera que se suspenda en definitiva la licencia y que se inicie el proceso de solicitud de nuevas licencias en cuyo proceso se deba efectuar las consultas a las poblaciones indígenas en el área de influencia, según el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes dijo el asesor jurídico Rafael Maldonado.
Postura de la Minera
El yacimiento de la Mina San Rafael es considerada la segunda mina subterránea de plata más grande del mundo y se estimaba producir 22 millones de onzas de plata en un año, muy similar a las cifras de años anteriores, expuso Dávila.
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Luego de un año de la suspensión de la mina, y más de 250 días de haberse efectuado la Vista Pública por la CC, los inversionistas por medio de la propietaria Tahoe Resources ya tiene información al respecto para que tomen la decisión acerca del futuro de la empresa, pero según asegura el vocero el interés de los inversionistas continuar la operación en Guatemala.
500 personas se despidieron de la Minera San Rafael en el 2018, de las mil que conformaban esa empresa, según esa firma. La firma indica que se perdieron puestos de trabajo indirectos de los proveedores de la mina. De 250 negocios instalados en esas comunidades 53 ya fueron cerrados, aseguran.
365 días de suspensión de la minera San Rafael el 5 de julio, y 250 de la vista pública.
1 mil 910 apelaciones de amparo de otros casos debe resolver la CC antes que el referente a la licencia en San Rafael, según Calas.
“En ningún momento se ha tomado en consideración el cierre u optar a un proceso de dentro de Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, eventualmente, si lo ameritara por una resolución que fuera contraria a la operación entonces se pudiera tomar en cuenta una medida como esa. Pero en este momento la postura de todos los accionistas el continuar con la operación continuar el proceso y esperar que decide la Corte”, añadió el ejecutivo.
Calas da sus argumentos
Calas mantiene la posición que hay más de 1 mil 910 apelaciones de amparo que la corte conoció el año pasado previo a que llegara el amparo de la licencia en San Rafael, y se debe respetar el principio de primero en llegar primero en derecho de ser resuelto.
La expectativa que se tiene es que la CC haya resuelto que suspende las operaciones en definitiva y que no permita las operaciones de la minera bajo las licencias cuestionadas, hasta que no se desarrolle un nuevo trámite administrativo que deberá incluir una nueva solicitud de licencia para poder operar en esa zona y la consulta a las comunidades indígenas en el lugar.
Cronología
- La mina empezó a producir en el 2014. En julio del 2017 la CSJ suspendió de forma provisional las operaciones de la mina y en agosto la CC confirmó esa suspensión.
- La CSJ revocó en septiembre su decisión inicial y ordenó la consulta al pueblo xinca, al otorgar un amparo en definitiva a Calas.
- Las diferentes partes impugnaron en la CC, la cual efectuó en octubre pasado una vista pública.
- En marzo del 2018 la CC solicitó a tres entidades efectuar un estudio antropológico en el municipio de San Rafael Las Flores, en Santa Rosa para tener más datos acerca de la existencia de pueblos indígenas en el lugar de influencia del proyecto, para ampliar la información y así poder emitir una sentencia en el caso. A la fecha no ha resuelto en forma definitiva.
- La CC señaló en esa ocasión que la complejidad del caso sobre la Minera San Rafael es un factor que no ha permitido que los magistrados puedan emitir una sentencia sobre este.
- Calas mencionó que esa organización lo que aportó a la CC en esa ocasión fue el Plan de Desarrollo Municipal del 2010, elaborado por la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan) en el cual la municipalidad de San Rafael las Flores reconocía la existencia de población xinca y poblaciones mayas.
Medidas pendientes
La resolución definitiva de la CSJ estableció que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) tiene un año realizar la consulta bajo lo establecido por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), al cual Guatemala está suscrito.
Además, dio al Congreso un plazo de un año para decretar la legislación respectiva para la celebración de las consultas populares a pueblos indígenas sobre proyectos de explotación de recursos naturales. Un fallo similar había emitido por el caso de la hidroeléctrica Oxec, que también había sido suspendida, pero luego se le permitió operar mientras el MEM efectuaba la consulta, la cual finalizó en diciembre del 2017.
Ahora depende de la resolución definitiva que debe emitir la CC.
Mientras analistas constitucionales refieren que el de Minera San Rafael es un caso de alto impacto socioeconómico y la corte debía priorizar si fallo, sin embargo, Calas refiere que es diferente porque en este caso se negó la existencia del pueblo xinca.
El MEM no hizo las consultas comunitarias previas a la entrega de licencias de explotación minera, argumentando que los registros del Instituto Nacional de Estadística (INE) y del Registro Nacional de Personas (Renap) referían que no había población xinca registrada en el área de influencia del proyecto minero.
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