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El proyecto de ley se agendó el pasado martes para su discusión por artículos y redacción final, sin embargo, no se entró a conocer al romperse el quorum.
Posturas de rechazo
Las reacciones se han activado en el sector privado organizado, y la Cámara de Industria de Guatemala (CIG) y la Cámara de Comercio de Guatemala (CGC), emitieron postura relacionada al contenido del proyecto de ley.
“Como cámaras, expresamos preocupación ante la posible aprobación de la iniciativa 5246, lo cual propicia privilegios fiscales a determinadas actividades económicas. Hacemos un llamado al diálogo técnico para resolver el problema de raíz”, según un comunicado.
Indican que la iniciativa propicia privilegios en todos los contribuyentes, al establecer un régimen con tasa reducidas y la eliminación del impuesto al valor agregado (IVA), lo cual, según el comunicado, generar problemas al sistema tributario y debilitará los ingresos fiscales.
Aseguran que la iniciativa carece de una discusión técnica y jurídica, así como vicios de inconstitucionalidad, al crear un régimen discrecional y discriminatorio.
“Reconocemos que se necesita una reforma fiscal integral, con sistemas eficientes, tarifas accesibles y procesos simples, pero sobre todo la igualdad de condiciones para todos los contribuyentes”, indica el boletín de la CIG y CGC.
En todo caso, proponen al Congreso, convocar un diálogo técnico para afrontar los problemas tributarios desde raíz y no superficialmente, concluye el comunicado emitido este miércoles.
¿Qué es la iniciativa 5246?
La iniciativa que fue propuesta por los diputados Marco Aurelio Pineda Castellanos, José Martínez Dell y Carlos Enrique Chavarría Pérez, que ingresó el 27 de febrero del 2017, y establece “medidas de formalización, que permitan la ampliación de la base tributaria y se fomente la aceleración y universalidad en el uso de la factura electrónica”.
También propone medidas de facilitación para el cumplimiento de la obligación tributaria, incluso de sujetos pasivos que son catalogados como agentes de retención de percepción y contribuyentes del IVA que podrían optar a suscribir convenios de pago.
En el capítulo primero se propone “permitir la regularización de adeudos tributarios ante la Administración Tributaria, ya sea mediante la rectificación de declaraciones o bien por presentación extemporánea de las mismas, para lograr el cumplimiento de dichas obligaciones, otorgando la posibilidad de suscribir convenios de pago con plazos extraordinarios mayores a los establecidos en el Código Tributario”.
El centro de atención de la CIG y CCG apunta al capítulo II en la cual se propone la creación de un Régimen Especial de Contribuyente Agropecuario para las personas individuales que desarrollen actividades de producción y comercialización en el sector agropecuario y cuyo monto de venta anual de sus productos, no exceda los Q2 millones dentro del año calendario (fiscal), por medio del cual pagarán mensualmente un tipo impositivo del 5% sobre las ventas brutas que realicen, utilizando el sistema de retenciones y excluyendo de este régimen cualquier prestación de servicios agropecuarios, o servicios de cualquier otra naturaleza.
En palabras simples, es la creación de un régimen del 5% para las actividades agropecuarias.
La propuesta indica que “los contribuyentes inscritos en este régimen quedaran relevados del pago y la presentación de la declaración anual, trimestral o mensual del Impuesto Sobre la Renta o de cualquier otro tributo acreditable al mismo”.
Por otro lado, se “propone crear un régimen electrónico y voluntario, tanto para el régimen de pequeño contribuyente del IVA que actualmente existe, así como para el nuevo régimen de contribuyentes agropecuarios, en donde se aplicará una tasa reducida del 4% siempre y cuando utilicen una declaración electrónica, como una medida adicional de simplificación y eficiencia en el cumplimiento de obligaciones tributarias”.
Regulación
En el capítulo tres la propuesta busca crear un marco de amnistía legal para estos contribuyentes.
La ley plantea, “la presentación extemporánea o la rectificación de declaraciones del contribuyente con el objeto de regularizar su situación contable y fiscal ante la Administración Tributaria, de forma simple y de manera que le permita el adecuado cumplimiento y la extinción de sus obligaciones tributarias de forma correcta”.
Asimismo, “contiene un procedimiento que permite al contribuyente acceder a medidas desjudicializadoras dentro de la jurisdicción ordinaria, como un criterio de oportunidad para cumplir con los fines del proceso penal”.
En el capítulo IV, propone “una simplificación en cuanto al régimen de tributación del impuesto sobre la renta en las facturas especiales, estableciendo una tarifa fija del 5% por este concepto.
Ha trascendido en los pasillos del Congreso, que no existe consenso sobre el avance de la iniciativa.
Reducción de impuestos
Para el consultor fiscal Juan Carlos Paredes, la iniciativa de ley propondría un régimen discriminatorio, porque beneficia y otorga privilegios a un sector económico.
“Prácticamente es una reducción de impuestos para las actividades agropecuarias, que inicialmente se había pensado para las actividades ganaderas”, afirmó.
Dijo que, de aprobarse, pasaría el régimen del 7% al 5% para todas las actividades agropecuarias, que es la propuesta y pondría un régimen flat.
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El régimen actual es del 7% y se paga para todas las empresas que facturen arriba de Q30 mil.
Aunque la idea es ampliar la base tributaria y lograr la formalidad para estos sectores, sobre todo al ganadero, tendría ventajas con relación a las otras actividades productivas, si se aprueba.
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