Las autoridades del Maga consideran que es de estricto interés del Estado y de interés general, aplicar las medidas necesarias para el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos, implementando las considiones propias para la extracción, en aquellas áreas de pesca de importancia ecológica.
Otra de las consideraciones contenidas en el Acuerdo es la conservación de los recursos pesqueros en La Laguna Santa Isabel y el refugio de Vida Silvestre Punta de Manabique, garantizando así la sostenibilidad de las poblaciones pesqueras.
Vigencia de la prohibición
La prohibición es por cinco años y el objetivo es la implementación de una veda de espacio temporal para impulsar la sostenibilidad y aprovechamiento de la pesca artesanal, en el contexto de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza de las comunidades de pescadores del área.
Aquellos que no cumplan con la medida contituirá una falta al artículo 80, literal b) de la Ley General de Pesca y Acuicultura y se aplicará a todo tipo de pesca, según proceda. Las sanciones serán las contempladas en el artículo 81 numeral 1 de la misma Ley, sin prejuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar.
La vigencia del Acuerdo Ministerial comenzará a regir el19 de agosto del presente año.