Economía

¿Qué pasa si llega a Guatemala el hongo que ataca al banano y al plátano?

Ocho meses después que se confirmara en Colombia el brote del hongo “fusarium exysporum f. sp. Cubanse R4T”–que también se le conoce como el mal de Panamá– el Congreso aprobó el pasado martes una ley que brinda protección al cultivo del banano y plátano.

El Congreso aprobó la Ley de protección para el cultivo de plátano y banano en Guatemala, que tiene como objetivo adoptar las medidas de prevención necesarias con los cultivos por el hongo R4T. (Foto Prensa Libre: Dony Stewart)

El Congreso aprobó la Ley de protección para el cultivo de plátano y banano en Guatemala, que tiene como objetivo adoptar las medidas de prevención necesarias con los cultivos por el hongo R4T. (Foto Prensa Libre: Dony Stewart)

El pleno ratificó la iniciativa 5615, “Ley de protección para el cultivo de plátano y banano en Guatemala”, que ingresó a Dirección Legislativa el 11 de septiembre del 2019 y fue planteada por el diputado Oliverio García Rodas.

Se reiteró que la enfermedad no está presente en Centroamérica.

La normativa tiene como objetivo adoptar las medidas de prevención necesarias con los cultivos; contar con el tiempo necesario para encontrar los remedios, ya sea por variedades nuevas resistentes a este flagelo o productos para combatirla.

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En el contenido se establecen las acciones, regulaciones y medidas fitosanitarias para la prevención y contención de la enfermedad y delega a diversas autoridades desarrollar los protocolos de prevención, protección, control y supervisión en puertos, aeropuertos, aduanas terrestres, depósitos aduaneros, así como en plantaciones en el país.

También establece –si fuera necesario– la instalación de puestos cuarentenarios y la prohibición de importación e insta a los productores, comercializadores y transportistas e informar sobre posibles plantas con síntomas sospechosos de la plaga.

Además, faculta al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Maga) para implementar un protocolo de Bioseguridad por medio de la Dirección de Sanidad Vegetal, para su registro en un período de 60 días calendario luego de la vigencia de la ley.

Mientras a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) deberá notificar la presencia e intercepción de todo tipo de material de riesgo de musáceas al Maga para hacer los análisis de laboratorio.

El Maga deberá gestionar –si fuera necesario– recursos financieros para campañas de control de plaga a nivel nacional, señala la normativa.

El pasado 25 de junio de 2019 se conoció sobre la sospecha del hongo en una plantación de Colombia, pero en agosto el Instituto Colombiano Agropecuario confirmó la presencia del R4T.

Otros países productores de banano de la región adoptaron medidas de control.

Medida integral

Julio Mérida, director ejecutivo de la Asociación de Productores Independientes de Banano (Apib), precisó que la aprobación de la normativa protege el cultivo y la actividad productora, como el empleo, la generación de divisas y la seguridad alimentaria.

“Celebramos que se comprenda la importancia de medidas que protejan el cultivo. Reiteramos que el único brote está en Colombia y se hacen las medidas para contener la enfermedad”, destacó el ejecutivo.

Indicó que, para el caso de Guatemala, la ley viene a reforzar las medidas de control.

Unas 975 mil personas dependentes del cultivo de banano y plátano en Guatemala.

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Las exportaciones de banano sumaron US$829 millones y fue el segundo producto que más divisas generó en 2019.

Mientras las exportaciones de plátano fueron de US$102 millones, según los registros de comercio exterior.

ESCRITO POR:

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.