La anterior disposición se basa en lo establecido en los artículos 22 del CAUCA; 89 y 98 del RECAUCA y en el Acuerdo de Directorio de la SAT número 42-2007, normas en las que se indica que todo Agente Aduanero en su calidad de Auxiliar de la Función Pública Aduanera debe acreditar ante la SAT a las personas que lo representarán en la gestión aduanera, y únicamente podrá hacerse representar por sus asistentes autorizados.
Capacitación
La SAT estará realizando un programa de capacitaciones gratuitas a nivel regional para que los asistentes de los Agentes Aduaneros que estén debidamente registrados participen y puedan ampliar sus conocimientos sobre la actualización tributaria y aduanera.
Datos de la institución revelan que al 17 de marzo último, la Intendencia de Aduanas tiene registrados 1 mil 409 asistentes de agentes aduaneros activos y se prevé que en los próximos meses pueda aumentar el número.
1 mil 409
asistentes de agentes aduaneros activos tiene registrado la SAT
De acuerdo con el boletín de la SAT, “a los exportadores que no empleen a un Agente Aduanero para efectuar el despacho aduanero de exportación, se aclara que pueden hacerse representar en los reconocimientos físicos de mercancías, a través de sus trabajadores o por quién estimen conveniente, siempre y cuando medie un mandato con cláusula especial de representación, debidamente protocolizado”.