Economía

Tiquetes de caja pasan a la historia

SAT: Desde el uno de enero las empresas sólo deberán emitir facturas al momento de realizar una venta

Desde mañana usted deberá dejar de escuchar la expresión ?quiere tiquete o factura?, ya que a partir del uno de enero de 2002, todos los comercios están obligados a facturar.

René Pérez, titular de la Superintendencia de Administración Tributaria, SAT, dijo que a partir de 2002, aunque el consumidor no tenga Número de Identificación Tributaria, NIT, el lugar en donde compre está obligado a extender factura y colocar la expresión ?consumidor final?.

?Cuando se implementaron los tiquetes las cajas registradoras no permitían colocar tanta información, pero como ahora el sistema es computarizado eso se facilitará?, dijo.

Oficial desde el viernes

El viernes 28 de diciembre se publicó en el ?Diario de Centroamérica? el Acuerdo Gubernativo 500-2001 referente a las modificaciones al reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, IVA, y sus reformas.

El 17 de diciembre, en ese mismo medio, también se publicó el Decreto 62-2001 que también establece la eliminación del uso del tiquete.

El mismo dice que los documentos -facturas- deberán emitirse en original y una copia. El primero se entregará al consumidor y la copia permanecerá en poder del emisor.

En el caso de empresas que se dedican al transporte terrestre de personas, espectáculos públicos, juegos mecánicos y electrónicos, peajes, cines, teatro, ingreso a ferias y centros recreativos, la SAT podrá autorizar el uso de facturas preimpresas.

Todas las facturas deben cumplir con ciertos requisitos, entre estos, la denominación ?factura?, numeración correlativa, nombre completo y nombre comercial del contribuyente emisor, número de identificación tributaria del emisor, espacio en blanco para que el adquiriente consigne su número de NIT y nombre completo.

También, fecha de emisión del servicio, descripción del mismo y el precio total.

Para el caso de las facturas emitidas por maquinas o cajas registradoras mecánicas o computarizadas los requisitos son casi los mismos.

Sin embargo, un artículo transitorio establece que los contribuyentes que tienen autorizado el uso de cajas registradoras para emitir tiquetes pueden continuar usándolos y tienen un plazo de tres meses para regirse al nuevo decreto.

Oscar Chile Monroy, consultor en impuestos, recomienda que los negocios que actualmente usan tiquetes, soliciten de forma inmediata la autorización para emitir facturas pues de lo contrario se corren el riesgo de que la SAT les cierre sus negocios.

Las facturas deberán ser utilizada por los consumidores en la declaración del IVA para el actual período tributario.

Con dispositivos de seguridad

Según Acuerdo Gubernativo publicado el viernes anterior, la SAT sólo autorizará máquinas que cuenten con dispositivos de seguridad.

Autorizará máquinas o cajas registradoras mecánicas o computarizadas que cuenten con los dispositivos internos de seguridad necesarios.

Estas deben garantizar que no se produzca eliminación o alteración parcial o total de las operaciones realizadas.

En las cintas internas debe quedar impresa cada operación convirtiéndose en el duplicado del documento emitido.

Las cintas deben conservarse por el plazo mínimo de cuatro años.

ESCRITO POR: