Las disposiciones incluyen un toque de queda y otras disposiciones presidenciales por 30 días, que fueron publicadas este sábado 14 de agosto, según el Decreto Gubernativo Número 6-2021 en el Diario Oficial y se detallan a continuación:
Declarar Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional con el objetivo de mitigar los efectos provocados por el peligro público de contagio, atención de la pandemia y garantizar la salud de los habitantes, y se declara por 30 días a partir de la publicación del acuerdo.
Durante el Estado de Calamidad se establecen las siguientes medidas:
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social será el ente rector de salud en Guatemala y deberá ejecutar todas las acciones necesarias a fin de prestar los servicios públicos indispensables para mitigar la propagación del virus identificado como SARS-COV-2 y sus variantes, que provocan la enfermedad del covid-19.
Además, podrá limitar el acceso a los lugares que informe, limitando horario y locomoción, y deberán ser comunicados por los medios autorizados.
Las disposiciones fueron publicadas en el Diario Oficial, y convoca al pleno del Congreso para que lo conozca, ratifique, modifique o impruebe el decreto gubernativo.
El acuerdo también establece los precios mínimos y máximos para los bienes, suministros y todo lo relacionado para atender el covid-19 y su variantes.
El documento hace énfasis en la obligatoriedad de comunicación a la población. Con fundamento en la Ley de Orden Público los órganos de publicidad, medios de comunicación y difusión, están obligados a evitar las publicaciones que puedan causar confusión o pánico, o agraven la situación, asumiendo las responsabilidades que de ello deriven.
Abraham Bámaca, presidente de la Asociación de Periodistas de Guatemala -APG- dijo que no se puede limitar la libertad de expresión, y es responsabilidad del Gobierno informar a través de los medios de comunicación y planificar su acción de comunicación e incluso, pagar publicidad para informar a la población sobre la situación de la pandemia en Guatemala y la vacunación.
Toque de queda
Se establece un toque de queda, que dará inicio a las 22:00 horas y concluirá a las 4:00 am del día siguiente. Con las excepciones que se establecen en el Diario Oficial. Este dará inicio el domingo 15 de agosto a las 22:00 horas.
Eventos masivos
El Estado de Calamidad Pública dotará la potestad al Ministerio de Salud para que dicte las medidas de restricción necesarias para la movilidad y otras prácticas para reducir los contagios.
El mandatario señaló que no estarán autorizados los eventos públicos, como reuniones sociales y recreativas, que no son necesarias, pero no aclara el tema de los servicios religiosos.
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Otras medidas
Se limitan las concentraciones de personas, se prohíbe o suspende toda clase de espectáculos públicos y cualquier clase de reuniones o eventos, conforme a las disposiciones presidenciales.
De esta disposición se exceptúan las manifestaciones públicas cuando se lleven a cabo con notificación debida, cumpliendo con las medidas sanitarias necesarias y que garanticen la libertad de locomoción de terceros.
Se establecen precios mínimos y máximos para los artículos, bienes, suministros o servicios que tengan algún tipo de relación en la prevención, tratamiento, contención y respuesta al coronavirus y sus variantes, y procedimientos médicos relacionados, así como el acaparamiento de estos.
También se ordena al Instituto Guatemalteco de Migración, Dirección General de Aeronáutica Civil, Cancillería y Ejército de Guatemala para que con apoyo de las fuerzas de seguridad coordinen con el Ministerio de Salud la vigilancia y monitoreo de los puestos fronterizos, puertos y aeropuertos, con relación a los viajeros y tripulación procedentes de países con casos confirmados del covid-19, facultándolos para realizar procedimientos necesarios que garanticen el cumplimiento de las disposiciones.
El Ministerio de Gobernación deberá elaborar y aplicar planes de seguridad pública y encargarse de todo lo relativo con el mantenimiento del orden público y la seguridad ciudadana y de sus bienes.
A quien incumpla con las medidas se le aplicará las sanciones administrativas y penales correspondientes.
En un informe presentado por el Ministerio de Salud indicó que desde el 13 de marzo de 2020 cuando se detectó el primer caso, a la fecha se han registrado 403 mil 348 casos acumulados, con una tasa de letalidad del 2.7%, que representa 10 mil 960 decesos.