El abogado penalista Carlos García mencionó que tener relaciones sexuales en un vehículo no se trata de un delito sino de una falta a la moral, según la legislación, pero los agentes captores de los jóvenes deberán sustentar los hechos ante juez.
Por aparte, el abogado Denis Cuesi señaló que se debe tomar en cuenta que, si bien el vehículo es propiedad privada, se encontraba en la vía pública.
“Los policías, al sospechar de alguna anomalía, pueden irrumpir. Distinto sería que el vehículo estuviera en una vivienda o terreno privado”, dijo.
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El caso fue remitido al Juzgado de Paz local. El personal del juzgado y el Organismo Judicial se negó a dar información sobre la audiencia.
La captura
La detención de la pareja, de 19 años, ocurrió el martes pasado, cuando ambos se encontraban en el interior del vehículo, estacionado en el predio de la playa del municipio.
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Los policías que efectuaron las detenciones son Otoniel Morales Yanes y Ana Dilia Morales Choc, que patrullaban la zona en motocicleta.
En su cuenta de Facebook, la joven detenida habló de lo sucedido y lo calificó como “una experiencia desagradable”.
Según su versión, estaba con el joven, quien es compañero de estudio, cuando llegaron dos policías, les pidieron Q1 mil, y fueron detenidos en vista de que no tenían dinero.
“Nos llevaron a la comisaría de Santa Elena, donde nos pusieron esposas y en celda (como delicuentes ) e inventaron que nos hallaron teniendo relaciones para afectarnos y denigrar mi dignidad”, publicó la joven.
Lo que la Ley dice
El Código Penal regula este tipo de situaciones como falta y no amerita cárcel sino una multa.
El Capítulo IV, Artículo 489, inciso 7, establece: “De las faltas contra las buenas costumbres: Quien, en cualquier forma, ofendiere a mujeres con requerimientos o proposiciones indebidas, incorrectas, irrespetuosas u obscenas o las siguiere o molestare con cualquier propósito indebido”.
Mientras que el Capítulo VI, artículo 195, norma: “Exhibiciones obscenas: Quien, en sitio público o abierto o expuesto al público, ejecutare o hiciere ejecutar actos obscenos, será sancionado con multa de doscientos a dos mil quetzales”.
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