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Conap amplía por 30 días el periodo para registrar mascotas 

Las autoridades de  Consejo Nacional de Áreas Protegidas (Conap) decidieron prorrogar hasta el 15 de abril de este año el periodo para que las personas para tramitar la tenencia de animales silvestres.

En la sede central del Conap en la 6a. calle y 5a. avenida de la zona 1, cientos de personas registran a sus mascotas. (Foto Prensa Libre: @CONAPgt)

En la sede central del Conap en la 6a. calle y 5a. avenida de la zona 1, cientos de personas registran a sus mascotas. (Foto Prensa Libre: @CONAPgt)

Debido a las largas filas de personas que se formaron en las sedes del Conap a nivel nacional para tramitar el permiso de tenencia de animales silvestres nativos —como loros, pericos, tortugas, serpientes, etcétera-, las autoridades de esa institución ampliaron el plazo del registro, el cual terminaba hoy.

Durante la última semana las filas de personas aumentaron en las diversas sedes del Conap, incluso hoy que era el último día para efectuar el trámite de la tenencia de las especies silvestres nativas, algunos lugares quedaron colapsados por la demanda. La página de internet de la institución -www.conap.gob.gt- presentó daños por las masivas consultas. 

  • El Conap informó que las pericas australianas y las tortugas compradas en tiendas de mascotas legalmente autorizadas no deben registrarse.

La resolución 02-14-2015 publicada en noviembre del año pasado en el Diario de Centro América, detallaba que  el Normativo para el Manejo y Funcionamiento de Colecciones de Fauna Silvestre daba como plazo para regular la posesión hasta el 14 de marzo del 2016.

En sedes del Conap de Quetzaltenango, Jutiapa y varios departamentos de la costa sur, durante la última semana se reportaron decenas de personas esperando poder efectuar el trámite de regularización de la tenencia de animales silvestres.

Este lunes la sede del Conap en la zona 1 de la capital, amaneció abarrotada por las personas que buscan cumplir con todos los requisitos para registrar sus mascotas.

La página electrónica del Conap colapsó por la cantidad de visitas, usuarios que buscaban descargar el formulario que se debe presentar lleno ante las oficinas de la institución; el Conap también puso a disposición el documento en su fanpage de Facebook.

Incluso hay personas que han llevado a los animales hasta las sedes del Conap para que los técnicos de esa institución los vean y determinen si pueden poseerlos.

“El cautiverio es una amenaza para la fauna nativa y la mayoría de veces ni siquiera tienen condiciones mínimas de manejo adecuado”, declaró Alan Marroquín, de la Dirección de Vida Silvestre del Conap.

Marroquín enfatizó que toda aquella persona que posea un animal silvestre, sin excepción y sin importar cantidades mínimas, deberán acercarse al Conap para regularizar su situación legal, de no hacerlo infringirá la Ley de Áreas Protegidas y podría ser castigado.

Curiosos requisitos

Dicho documento plantea una serie de requisitos para inscribir una colección de fauna. En principio una colección puede ser desde un ser vivo en adelante.

Los propietarios de los animales deben elaborar  y cumplir un plan de manejo del ser vivo, también estarán obligados a contar con un regente de vida silvestre que se responsabilice del manejo que se les da a los especímenes y del cumplimiento específico.

Se debe contar además con el historial clínico del espécimen, el cual debe estar firmado por un profesional en la rama de la zootecnia. El registro de una colección privada tiene un valor de Q250.00 según la legislación vigente. El formulario de registro es posible encontrarlo en el sitio web del Conap.

Si las personas no pueden hacer el trámite ni llena los requisitos, pueden entregar voluntariamente sus especímenes a cualquier oficina del Consejo para evitar inconvenientes.

Los ejemplares juveniles no se registrarán, ni aquellos que por decretos previos no puedan ser registrados y deben ser entregados al Conap sin objeción, apegándose a los usos establecidos en el Listado de Especies Amenazadas.

Para diferenciar un animal exótico es originario de un ambiente distinto, es decir de otro país y es importado, mientras que un animal silvestre es aquel que se desarrolla en los límites de Guatemala.

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