Se trata del pago de del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, que se debe realizar del 1 de enero al 31 de julio de cada año. Aunque la ventana para poderlo hacer es de seis meses, las autoridades recomiendan hacerlo en los primeros días del año para evitar inconvenientes, si el propietario del vehículo se pasa de la fecha estipulada, deberá pagar también las multas por omisión e intereses.
“Por el pago extemporáneo se aplicará una sanción del 100%, pero si se paga sin ser requerido, la multa será rebajada un 75%”, indica el portal de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Este pago está estipulado en la Ley de Impuestos sobre Circulación de Vehículos, Terrestres, Marítimos y Aéreos Decreto 70-94 y sirve, según la teoría, para que el Departamento de Tránsito pueda contar con fondos específicos que le permitan obtener y mantener semáforos, señales de tránsito y las demarcaciones de las carreteras.
El 30 de noviembre en el diario de Centro América la SAT publicó el acuerdo de directorio 11-2021 que aprueba la tabla de valores imponibles del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos terrestres que regirá a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2022. Lo puede consultar aquí.
Consulte los pasos a seguir para pagar su ISCV:
- El Impuesto sobre Circulación de Vehículos debe pagarse del 1 de enero al 31 de julio de cada año.
- Antes de realizar el pago, la persona debe estar solvente de las multas por infracciones en materia de tránsito.
- En la página de Declaraguate.sat.gob.gt debe llenar el formulario SAT-4091 Vehículos de Circulación, generar la boleta SAT-2000 y hacer el pago en cualquier agencia bancaria.
- Para consultar el monto a pagar debe visitar la página web portal.sat.gob.gt/impuesto-de-circulación
- Anualmente la SAT emite una tabla de valores imponibles donde se toma en cuenta los años de uso de cada automotor. La cantidad no es menor de Q110 para vehículos particulares ni menor a Q75 para motocicletas.
- Después puede imprimir la calcomanía y procurar portarla siempre al conducir ya que las autoridades competentes pueden solicitarla en cualquier momento.
- No es necesario pegar la calcomanía en el parabrisas o en la placa.