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Pago de impuesto de circulación se prorroga hasta el 3 de noviembre y estos son los detalles

Luego de ese plazo, el contribuyente deberá pagar multa del 100% correspondiente al 2020, advierte la SAT.

Hasta el viernes último, más de un millón de propietarios no había pagado el impuesto de circulación. (Foto: Hemeroteca PL)

Hasta el viernes último, más de un millón de propietarios no había pagado el impuesto de circulación. (Foto: Hemeroteca PL)

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) informó que el plazo para pagar el impuesto sobre circulación de vehículos (ISCV) se corre al martes de 3 de noviembre. 

“En atención al artículo 2 del Acuerdo Gubernativo No. 182-2020 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, el vencimiento de impuestos se corre para el 3 de noviembre de 2020″, publicó la SAT este 1 de noviembre.

El viernes último, la entidad recaudadora informó que del total de cuatro millones 85 mil 827 unidades que conforman el parque vehicular aún hacía falta el pago de alrededor de un millón cinco mil, entre particulares, motocicletas y comerciales.

Luego de ese plazo, el contribuyente deberá pagar multa del 100% sobre el ISCV correspondiente al 2020, advirtió la SAT.

Cada año el plazo para el vencimiento de vehículos es el 31 de julio; sin embargo, este año el Congreso aprobó una prórroga debido al impacto en el ingreso de hogares y empresas de las restricciones para evitar la propagación del coronavirus.

La Superintendencia recordó que pagar el impuesto se deben seguir estos pasos:

  • Ingrese a Declaraguate y llene el formulario SAT-4091 para vehículos.
  • Presenta la boleta en cualquier banco del sistema o banca en línea
  • Imprima su distintivo correspondiente al 2020 desde portal SAT

El 2 de noviembre, la SAT publicó en el Diario de Centroamérica, la Resolución de Superintendencia Número SAT-DSI-974-2020 en el que declaró inhábil el 2 de noviembre para efectos del computo de los plazos establecidos en la legislación tributaria y aduanera, en atención al artículo 2 del Acuerdo Gubernativo No. 182-2020 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social que acordó conceder licencia con goce de salario el 2 de noviembre a los servidores públicos.

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