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Perros guías y de compañía podrán ingresar a parques o centros deportivos administrados por el Ministerio de Cultura y Deportes

Cartera de Cultura hace modificaciones al reglamento de instalaciones deportivas administradas por ellos, en el marco de la inclusión de personas con discapacidad visual y quienes realizan actividades recreativas con perros.

Perros guías podrán ingresar sin restricción a los centros deportivos que administra el Ministerio de Cultura. (Foto Prensa Libre: HemerotecaPL)

Perros guías podrán ingresar sin restricción a los centros deportivos que administra el Ministerio de Cultura. (Foto Prensa Libre: HemerotecaPL)

El Ministerio de Cultura y Deportes de Guatemala publicó este miércoles 9 de junio, en el Diario de Centro América, el Acuerdo Ministerial número 550-2021 en el cual hizo una reforma al Reglamento de instalaciones deportivas administradas por esa cartera, por medio de la Dirección General del Deporte y la Recreación.

Según la página web de dicho ministerio, los centros deportivos que administran son:

  • Campo Marte
  • Campos del Roosevelt
  • Parque Érick Barrondo
  • Gerona

Este nuevo acuerdo modifica el artículo 11 del 161-2009, de fecha 10 de marzo de 2009 y busca mayor inclusión para personas que utilizan perros guías y también para quienes gustan de hacer actividades recreativas con sus perros.

En su publicación, el Ministerio de Cultura refiere que se reconoce la necesidad de inclusión de las personas con discapacidad visual que se acompañan de perros guía para que puedan hacer uso de las instalaciones y también que en la actualidad las personas realizan actividades de recreación con sus perros, por lo cual se considera necesario permitir el acceso de estos animales a los parques que ellos administran.

En el artículo 1 del nuevo acuerdo, que reforma el 11 del reglamento, quedó de la siguiente manera.

“Se permite el ingreso de perros al interior de las instalaciones deportivas o a centros administrados por el Ministerio de Cultura y Deportes, de la siguiente forma:”.

  1. Las personas con discapacidad visual que se acompañen de un perro guía o de asistencia que porten la identificación correspondiente, podrán ingresar sin ninguna restricción y hacer uso de las instalaciones para la práctica de actividades deportivas y recreativas.
  2. Las personas con perros de compañía podrán ingresar a los parques o centros deportivos, aceptando las normas de funcionamiento establecidas en el reglamento específico.

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El acuerdo además detalla que queda prohibido el ingreso de personas acompañadas de cualquier otra especie animal al interior de las instalaciones deportivas.

El presente acuerdo comienza a regir al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.

El acuerdo está firmado por el ministro de Cultura, Felipe Aguilar Marroquín y Claudia María Pérez, directora de Asuntos jurídicos de ese ministerio.

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