Además, la municipalidad le envió las notificaciones a una casa desocupada, por lo que supo de la situación semanas después de lo ocurrido y al cuando presentó recursos de revisión y revocatoria, le fueron denegados bajo el argumento que se habían vencido los plazos.
Sempé asegura que el monto de lo cobrado por la comuna ronda los Q100 mil y se le negó la petición de pagar según el avalúo anterior.
Sempé afirma que presentó denuncias y recursos en el Ministerio Público, la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de Cuentas, la Corte Suprema de Justicia, la Corte de Constitucionalidad y solicitó apoyo al presidente Jimmy Morales, al Congreso y al presidente del Colegio de Abogados, pero solo la PDH respondió.
“Esto me afecta emocional y económicamente. Hago un llamado a quienes son afectados por el cobro arbitrario de la municipalidad para que presenten sus denuncias”, señala Sempé, quien considera que hay muchas más personas en tal situación.
Rechazo a la forma
El constitucionalista Carlos Molina Mencos, quien ha ganado 23 casos —en diferentes instancias—, relacionados con el IUSI en contra de la Municipalidad de Guatemala, asegura que este tipo de casos ocurren en diversas comunas, pero que es la capitalina que más incurre en la reevaluación de inmuebles a través de un procedimiento que califica como “ajeno a la Ley”.
Mencos argumenta que la municipalidad está facultada para valuar la propiedad una vez que administre el impuesto, pero la de Guatemala constituyó un fideicomiso y con esto delegó a un tercero esa administración y por ello pierde esa facultad.
Además estima que se debe hacer un avalúo directo al inmueble, pero la comuna toma un fotografía aérea para “estimar” el valor.
El experto agrega que según la Ley, todo avalúo que incremente el valor del impuesto debe ser aprobado por el Concejo Municipal, pero la comuna emitió un acuerdo, que no fue publicado y con el que faculta al subdirector de catastro para aprobarlo.
Mario Fuentes, abogado, refuerza la explicación sobre errores cometidos en los avalúos, y afirma que por esto también ha ganado casos en la Corte Suprema de Justicia y Corte de Constitucionalidad contra la comuna capitalina.
Según Fuentes, la forma de valuar de la municipalidad no se ajusta a la Ley del IUSI, pues en lugar de efectuarse por cada propiedad se hace por zonas, y pese a que se considera “ilegal”, las autoridades de la comuna continúan con esta práctica.
Reunión del Concejo
En las reuniones que el Concejo Municipal capitalino efectuó el 6 y 8 de febrero pasado, se presentaron 17 recursos de revocatoria a las resoluciones emitidas por la subdirección de Valuación Inmobiliaria Municipal de la Dirección de Catastro y Administración del IUSI, de las cuales se aprobaron dos, otras tres se aprobaron de forma parcial y 12 fueron rechazadas.
Durante el 2016, en la PDH se recibieron 10 denuncias relacionadas con este impuesto, y en lo que va del año se ha presentado una. Cuatro de las quejas tienen que ver con exceso de cobro, una por avalúo ilegal, una porque no se da mantenimiento a las calles y una porque no se le acreditó el pago, entre otras.
Recaudación
Según el Portal de Gobiernos Locales del Ministerio de Finanzas, la municipalidad capitalina recaudó entre el 2008 y el 2015, Q2 mil 290.1 millones por concepto de IUSI.
En la página no existe registro de lo que ingresó por este impuesto en el 2016 ni de lo que va en el presente año.
La cifra recaudada se incrementó en 195% en siete años, pues en el 2008 lo reportado fue de Q188. 7 millones, y para el 2015 la recaudación subió a Q367.2 millones.
Procedimiento real
El ingeniero Manuel Salguero explica que para determinar el valor de un inmueble se recurre a dos acciones: la valuación y la tasación.
El primero de ellos, de acuerdo con Salguero, es para “emitir una opinión sobre el valor, cualquiera que sea”, algo que se puede hacer sin necesidad de ver la propiedad y solo tomando en cuenta el sector en el que se ubica. La tasación, por otro lado, se efectúa por un perito que ingresa y mide el inmueble.
“Las municipalidades lo que hacen es una valuación y estiman un valor, pero la Ley dice que la persona puede impugnar y presentar el avalúo que considere”, señala el profesional.
Salguero reitera que la obligación de toda municipalidad es “poner en el documento de notificación que es un estimado”.
El experto explica que el propietario del inmueble debe contratar un valuador, cuyo informe debe ser aprobado por el Concejo y hay posibilidad de una reducción del 75% del valor comercial de la propiedad, lo que mitigaría el impacto financiero a la persona.
El Impuesto Único sobre Inmuebles es un “impuesto especial”, pues el 80% de lo recaudado se debe utilizar para inversión en agua, calles e iluminación, por ejemplo, y el 20% para funcionamiento.
Usuarios comentan
Prensa Libre preguntó en su cuenta de Twitter ¿Qué opina del Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI)?. Estas son algunas de las respuestas:
Claudia de Torres aseguró: “No es parejo, yo pago Q100 mensuales y los de enfrente pagaron “85 por 5 años”.
Claudia Pérez indicó: “La estrategia de las municipalidades para agenciarse de fondos, aunque después lo utilicen para pirotecnia como @netobran”.
Para Francisco Martínez, el IUSI “está a la muy discreción de las munis y son tasas abusivas”.
Germán López opinó que el IUSI “es un impuesto que los ricos no pagan como es debido”.
Juan Manuel Aquino respondió que este impuesto “carece de hecho generador”.
El usuario identificado como @michaelVW8318 señaló que “no se ve en qué lo invierten, nada más en el bolsillo de los que tienen puestos altos en las municipalidades”.
Para @andrinogt, “el IUSI debería ser aplicado con una tasa más baja de la actual de acuerdo al sueldo vigente”.
Sergio Trujillo opina que simplemente “es un robo”.
Todo lo actuado está en ley
La postura de la Municipalidad capitalina es que todo lo actuado está en Ley, pues se apega al manual de avalúos aprobado, e incluso hay sentencias de la Corte de Constitucionalidad a favor de los procedimientos y el uso de dicho manual.
Además, se explica de parte de la comuna que el procedimiento permite que el contribuyente presente el recurso de revocatoria si no está de acuerdo con los resultados del avalúo. Dicha solicitud se debe respaldar con documentos que justifiquen la petición.
“La gente tiene que acercarse a plantear su inconformidad. Hay anuencia para atender los casos”, señala Carlos Sandoval, vocero de la municipalidad.
El uso del fideicomiso tampoco es impedimento para hacer un avalúo, indicó Sandoval, pues el proceso de generación y práctica del avalúo no tiene relación con la administración del recurso obtenido con el IUSI.
“El avalúo termina en el valor fijado para la propiedad, cualquiera que sea, allí se termina el proceso. Después puede ser que el contribuyente no pague, u otras cosas, pero el cobro y la disposición de los recursos es algo diferente”, explica el vocero.
Para la comuna, la mayor dificultad para recaudar el IUSI se da cuando no se reporta la compra venta de un inmueble y las notificaciones llegan al dueño anterior, mientras que el actual no se da por enterado.
Conozca sobre el IUSI
- La Ley del IUSI estipula, en el artículo 11, las tasas que se aplican al valor del inmueble.
- Si el valor inscrito del inmueble es hasta de Q2 mil, el vecino está exento del impuesto.
- Si el inmueble tiene un valor de Q2 mil 1 a Q20 mil, el impuesto es de 2 por millar anual.
- Cuando el valor sea de Q20 mil 1 a Q70 mil, se pagará 6 por millar.
- Si el inmueble tiene costo de Q70 mil 1 en adelante, se pagará 9 por millar cada año.
- La municipalidad debe enviar la notificación del nuevo avalúo y esta primera notificación debe ser personal. Si no ocurre de esa forma el vecino puede solicitar la nulidad de la notificación.
- El vecino puede interponer una impugnación ante la municipalidad si no está conforme o de acuerdo en la forma de valuar su propiedad. Si la impugnación es denegada, podrá recurrir a la solicitud de revocatoria.
- El plazo para interponer los recursos administrativos es de ocho días.
- Se debe buscar asesoría legal.