Debido a que ninguno de los 23 candidatos propuestos, obtuvo la mayoría de votos (la mitad más uno de los votos válidos), el sistema en Guatemala establece que debe haber una segunda elección.
Sandra Torres de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) y Bernardo Arévalo de Semilla, disputarían el balotaje para llegar a la Presidencia de Guatemala, siendo los candidatos que lograron más votos, solo superados por el voto nulo.
Según el conteo de votos del Tribunal Supremo Electoral, hasta las 16.35 horas se tenía un 98.53% de las actas procesadas y se ubicaba Sandra Torres (UNE) con un 15.78%; Bernardo Arévalo (Semilla) con un 11.8%; mientras que el voto nulo obtuvo un 17.3%.
Ahora, en vistas de esta segunda fase, aquí se responde a las preguntas más frecuentes.
¿Cuándo será la segunda vuelta?
De acuerdo a lo establecido en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, la segunda vuelta se debe celebrar en un plazo entre 45 y 60 días después de la primera vuelta.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) determinó desde que dio inicio al proceso electoral de 2023, que la fecha para la segunda vuelta será el próximo 20 de agosto.
El TSE anunció que tiene un plazo máximo de 8 días para poder certificar a los dos aspirantes más votados; en este caso Torres y Arévalo. Hasta entonces ambos podrán iniciar su campaña electoral para la segunda vuelta.
Al igual que durante la primera vuelta, la Ley Electoral establece que los candidatos podrán promover su plan de trabajo y llamar al voto hasta 36 horas antes de la segunda vuelta.
¿Es necesario empadronarse para votar en la segunda vuelta?
El portavoz del TSE, David de León, explicó que el proceso de empadronamiento es constante y los guatemaltecos pueden solicitar su registro, en cualquier momento.
Sin embargo, para poder emitir el voto para la segunda vuelta del 20 de agosto, los ciudadanos tuvieron que registrarse antes o hasta el 25 de marzo de 2022, fecha en la que concluyó el plazo de la última actualización del padrón electoral.
Cualquier ciudadano guatemalteco que se haya empadronado a partir de esa fecha en adelante, podrá ejercer su derecho al voto, pero será hasta las próximas elecciones, en 2027.
“Se pueden empadronar, más no participar porque solo los que se inscribieron antes de esa fecha tienen ese derecho”, explicó de León.
¿Puedo votar en la segunda vuelta si no voté en la primera?
Quienes no votaron en la primera vuelta del 25 de junio de 2023, sí pueden votar para la segunda vuelta. “Se puede hacer sin ningún inconveniente”, confirmó de León.
La ley establece únicamente que no se puede votar si se es miembro activo del Ejército, de la Policía Nacional Civil o se tenga nombramiento de índole militar. O bien, si se perdió la ciudadanía.