Andrea Reyes, fiscal y abogada del Partido Semilla comentó que presentaron el recurso de nulidad por varios motivos.
Comentó que como partido revisaron la Ley de Electoral y de Partidos Políticos y se determinaron que no es una causal de suspensión, el motivo que se aduce, que es la resolución del juez Séptimo de Primera Instancia Penal -que ordenó la cancelación de Semilla por un caso de posible afiliación ilegal-.
Otro motivo que encontraron es que la resolución tampoco origina una situación que pueda suspender definitivamente a partido.
EN ESTE MOMENTO
El tercer motivo es que todavía está vigente el período del proceso electoral y que el RC se encuentra fuera de plazo para poder cancelar el partido.
Dice que en la resolución aducen que el proceso electoral ya terminó y eso no es cierto, pues el decreto de convocatoria a elecciones establece que este termina el 31 de octubre de 2023.
Agregó que con la resolución se saltaron varios procedimientos administrativos que permite la suspensión del partido.
Dijo les dieron la audiencia que tenían que otorgarles como partido para que explicaran la situación que originó la resolución del juez séptimo.
Añadió otro aspecto que motivó el recurso de nulidad fue que la mencionada resolución del juez séptimo todavía no está firme, pues está siendo cuestionada a través de un amparo que se presentó ante la Sala Segunda de la Corte Apelaciones, el cual sigue en trámite.
Juan Gerardo Guerrero, fiscal nacional de Semilla, comentó que el recurso que presentaron es derivado de la decisión que les fue notificada a las 15.16 horas del pasado lunes 28 de agosto, en el que el director del RC, del Tribunal Supremo Electoral, decidió dejar en suspenso la personalidad jurídica del partido político, basándose en una resolución, que considera ilegal, por parte del juez séptimo.
Comentó uno de los detalles que encontraron, es que el TSE todavía no había resuelto la adjudicación del cargo de la presidencia de la República a Bernardo Arévalo y de la vicepresidencia a Karin Herrera cuando les notifican de la suspensión provisional, aunque la autoridades electorales aducen que sí.
Puntualizó que el amparo en definitiva, que les otorgó la Corte Suprema de Justicia, garantiza que se respete la personalidad jurídica del partido político hasta que se dé por finalizado el proceso electoral el 31 de octubre de 2023 y también que se garantice la adjudicación de los cargos y el sufragio universal y secreto.
El procedimiento
Según Guerrero, el procedimiento que establece la Ley Electoral y de Partidos Políticos para el recurso que presentaron este 29 de agosto es que tras ser notificados tenían tres días para presentar la nulidad.
Explicó que como ya sabían que algo así iba a ocurrir, ya estaban preparados y lo tenían listo desde el 29 de agosto y por eso lo presentaron en tiempo.
Añadió que el director del Registro de Ciudadano se debe de inhibir de conocer el recurso y lo debe de elevar al pleno de magistrados del TSE y una vez en mano de ellos tienen tres días para resolver el recurso de nulidad.
El caso
El pasado 28 de agosto, el RC suspendió provisionalmente la inscripción de la personalidad jurídica del partido Movimiento Semilla, cuyo candidato, Bernardo Arévalo de León, ganó la Presidencia de la República.
La suspensión es debido a que el pasado 12 de julio, a pedido del jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci), Rafael Curruchiche, el juez Fredy Orellana inhabilitó la personalidad jurídica del Movimiento Semilla, por supuesta inscripción ilegal de afiliados.
Esta decisión puso en jaque el balotaje que se llevó a cabo el pasado 20 de agosto que terminó con la vitoria de Semilla en las urnas.
Curruchiche señalaba supuestas irregularidades en la recolección de firmas de ciudadanos para inscribir a Semilla como partido en 2017 y 2018 y que entre las miles de firmas de afiliados del partido figuran 18 fallecidos y 319 personas cuyo documento de identificación no corresponde.
El 28 de agosto, el pleno de magistrados del TSE oficializó los resultados de la segunda vuelta de votaciones y dieron la victoria de Movimiento Semilla, que proclama como binomio electo a Bernardo Arévalo y a Karin Herrera para el mandato constitucional 2024–2028, pero el RC ya había notificado sobre la suspensión de la personalidad jurídica de ese partido político.