Según la información compartida por la Procuraduría de Derechos Humanos, la CC estable que Rodas ha cumplido con la sentencia dictada el 8 de diciembre del 2017, emitida por la CSJ constituida en tribunal de amparo.
Añade que por lo anterior el correctivo planteado debe ser declarado con lugar y como consecuencia de lo decidido se anula la resolución del 12 de agosto del 2020 que declaró con lugar la solicitud de asistencia para la ejecución del amparo provisional que presentó la Asociación La Familia Importa.
Ordena se certifique lo conducente al Ministerio Público para que se deduzca la responsabilidad penal en la que habría incurrido Rodas por el incumplimiento de la sentencia del 8 de diciembre de 2017 y cuando se le impuso la multa de Q4 mil, lo que quedaría sin efecto.
Para reponer lo actuado se ordena al Tribunal de Amparo de primer grado que en el plazo de 48 horas de recibida la ejecutoria, emita resolución para declarar sin lugar la solicitud presentada.
Antecedentes
La CC destaca en los antecedentes del caso que la Asociación La Familia Importa promovió amparo contra Rodas y señaló como acto reclamado la amenaza de que la presentación y distribución del “Manual de Derechos Humanos, Derechos Sexuales y Reproductivos y Atención de Embarazos en Niñas y Adolescentes” emitido por la PDH no garantice los derechos constitucionales a la vida y protección de las personas.
Mientras que las CSJ dictó la sentencia el 8 de diciembre del 2017 y estableció dejar en suspenso la presentación y distribución del referido manual.
La PDH en el 2015 y durante la gestión de Jorge de León Duque distribuyó el manual Derechos Humanos, Derechos Sexuales y Reproductivos, y Atención de Embarazos en Niñas y Adolescentes; según sectores, el documento promovía el aborto en lugar de la vida, que es el fin de la institución del procurador.