La CC señala en el amparo otorgado que los nombramientos deben realizarse conforme los ideales postulados en la Constitución que exige que las personas nombradas sean las más capaces e idóneas para el cargo y que concurra en ellas la honradez.
“Por lo tanto, debe de excluirse del proceso de elección a aquellos profesionales cuya idoneidad y honorabilidad estén comprometidos”, refiere la resolución.
El fallo establece que los tres requisitos fueron calificados en un primer momento por las Comisiones de Postulación, por lo que no impide que el Congreso en un segundo momento analice los documentos disponibles para determinar si cada integrante de la nómina cumple o no con los requisitos de capacidad, idoneidad y honradez.
El Tribunal Constitucional ordenó al MP que dentro del plazo de 10 días después de que la sentencia este en firme, remitir al Congreso en forma física y electrónica, informe circunstanciado de todos los profesionales que conforman las nóminas remitidas por las Comisiones de Postulación.
“La entrega del informe es con el fin de comunicar sobre la investigación penal que efectuó el ente investigador con relación de la posible manipulación e influencia del proceso de elección, así como de la existencia de otros procesos penales contra los postulados”, dice la resolución.
La CC también ordena a la junta directiva del Congreso poner a disposición de los diputados los expedientes de los candidatos que fueron remitidos por las Comisiones y la información enviada por el MP en un plazo de 24 horas después de haber recibido esta información.
“La información es para que los diputados puedan analizarla en forma exhaustiva en un plazo de 20 días, al finaliza el plazo tendrán cinco días para convocar a sesión plenaria para realizar la elección de magistrados de CSJ y Apelaciones”, establece la resolución.
Elección a viva voz
El Tribunal Constitucional instruye a los diputados analizar la información recibida y determinar si los nombres revelados en la investigación del MP se encuentran incluidos en las nóminas de candidatos poniendo en duda su idoneidad y honorabilidad. Además, deben de examinar los señalamientos que fueron presentados por la sociedad civil contra los candidatos y los argumentos que estos presentaron de descargo.
“En aras de resguardar los principios de transparencia y publicidad, durante la sesión plenaria los diputados deberán expresar su voto a viva voz señalando las razones por las que después de análisis de la información que les fue remitida, consideran que el candidato cumple o no con los requisitos”, detalla la resolución.
también la CC exhorta al Congreso a que viabilice el proceso de reforma constitucional que permita la instauración de un adecuado proceso de selección y nombramiento de magistrados de las Sala de Apelaciones y Corte Suprema de Justicia en el que garanticen la selección de profesionales honorables, capaces e idóneos.
La resolución de la CC