Guatemala

CC otorga amparo a Acción Ciudadana por nombramientos de diputados tránsfugas 

El máximo órgano constitucional ordena al Congreso que en el plazo de cinco días deje sin efecto la elección de varios legisladores como presidentes de comisiones así como de jefes o subjefes de bloques. 

El Congreso debe invalidar los cargos otorgados a diputados tránsfugas. (Foto: Hemeroteca PL)

El Congreso debe invalidar los cargos otorgados a diputados tránsfugas. (Foto: Hemeroteca PL)

La Corte de Constitucional (CC) dijo en su resolución que “existe un vicio en la designación de los diputados” que han incurrido en transfuguismo como dirigentes de comisiones o de bloques legislativos, por lo que ordena al Congreso nombrar para esos cargos a legisladores idóneos. 


La resolución se refiere a los diputados Sandra Ester Cruz Ramírez, Eva Nicolle Monte Bac, Elza Leonora Cú Isem, Nery Orlando Samayoa Barrios, Mike Ottoniel Mérida Reyes, Ronald Ramírez Sierra López, Delia Emilda Bac Alvarado de Monte, Luis Enrique Hernández Azmitia, José Alejandro de León Maldonado y Mario Fermín De León Ramírez. 

La CC dijo que, según las leyes vigentes relativas al transfuguismo, esos diputados “se encuentran legalmente impedidos para ejercer el cargo en el que fueron nombrados”. 

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La Corte cita los artículos 50 y 250 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, vigentes desde frebrero del 2016, que consignan que “los diputados que incurran en transfuguismo se les prohíbe ser miembros de Junta Directiva, presidir alguna comisión de trabajo legislativo, ejercer cargo alguno en representación del Congreso de la República u optar a algún cargo dentro de los órganos de este”.

También enfatiza en la definición de transfuguismo “como el acto por el que un diputado renuncia por cualquier motivo a un partido político o al bloque legislativo al que pertenece, incorporándose a otro o declarándose independiente o sin afiliación, según sea el caso”.  

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