Del domingo 22 de marzo hasta ayer la Policía Nacional Civil (PNC) reportó que 10 mil 680 personas fueron capturadas desde que comenzó la restricción de locomoción, tránsito y circulación de ciudadanos desde las 16 horas a las 4 del día siguiente.
Esta tarea de vigilar que se cumpla con la restricción ha representado más trabajo para la Policía y también significa que se sature el trabajo para el sistema de justicia, lo que lleva a expertos en la materia a reflexionar sobre medidas más efectivas en caso de que se extiendan por varias semanas más las restricciones dictadas por el Ejecutivo.
Tan solo en la primera semana de restricción las fuerzas de seguridad informaron que cuatro mil 776 personas fueron detenidas, aunque días después las detenciones bajaron, ya que del 6 al 13 de abril fueron aprehendidas dos mil 691; dos mil menos que semanas anteriores.
Según el abogado constitucionalista Alejandro Balsells, existen varios niveles de penalización contra personas que violentan las restricciones impuestas durante la emergencia nacional por el covid-19.
“El Código de Salud establece todas las faltas que el Ministerio de Salud puede sancionar como multas, y a esto se le conoce como derecho administrativo sancionatorio, pero también pueden existir situaciones, porque cada caso es distinto, en donde se configuren delitos, y esto es conocido en un proceso penal”, indicó Balsells.
Carga laboral
En casi un mes, la PNC ha trasladado a más de 10 mil personas en todo el país a juzgados, lo que le ocasiona una carga laboral en sus atribuciones, ya que, según Bélgica Deras, presidenta de la Asociación de Jueces y Magistrados (Ajmoj), les han informado sobre quejas e inconformidades de los juzgadores.
“También hay escasez de jueces que podrían suplir a los que están en condiciones de vulnerabilidad porque padecen de alguna enfermedad”, añadió Deras.
La representante de jueces y magistrados recordó que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó que se abran algunos juzgados especializados, como los de Violencia contra la Mujer, y que no cuentan con todas las medidas sanitarias, lo que causa temor entre los operadores de justicia y se podría convertir en un foco de contagios.
Ante estos problemas que se presentan, la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes) indica que las infracciones cometidas durante el toque de queda son faltas establecidas en el artículo 495 del Código Penal y no delitos, y que según el artículo 11 de la Carta Magna no deben permanecer detenidas las personas por faltas cometidas.
La propuesta de Asíes apunta a que los agentes de la PNC deben reportar el hecho al juez competente, prevenir al infractor y que este comparezca en las siguientes 48 horas hábiles para darle seguimiento al caso, y así no sean capturados y no se sature el sistema de justicia.
Oswaldo Samayoa, abogado especialista en derechos humanos y catedrático universitario, recordó que no todas las personas cumplen con las restricciones y no es solución enviarlas a prisión cuando la infracción responde a un asunto de salud.
“Es totalmente contradictorio que la norma sanitaria dice que no se aglomeren personas y que el castigo sea aglomerarlas. Está fallando el sistema judicial y el responsable directo es el sistema de justicia y su incapacidad administrativa”, resaltó Balsells.
No obstante, Gobernación informó que desde el pasado 1 de abril pidió al Organismo Judicial (OJ) y a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que analice la posibilidad de otorgar medidas sustitutivas a los detenidos por no respetar el toque de queda, la prohibición de circular entre departamentos y otras restricciones anunciadas por la emergencia nacional de la covid-19.
El viceministro de @mingobguate, Gendri Reyes, pidió al @OJGuatemala que analice otorgar medidas sustitutivas a los detenidos por no respetar el toque de queda para que no se hacinen más las cárceles. pic.twitter.com/VzdWWUvVn7
— Katerin Chumil (@KChumil_PL) April 17, 2020
Incumplimiento de cuarentena
Ayer, dos pacientes contagiados del nuevo coronavirus se escaparon del hospital temporal acondicionado en el Parque de la Industria, a partir de lo cual el Gobierno afirmó que estas personas habrían incurrido en un delito, por lo que podrían ser condenadas con hasta seis años de prisión.
Al respecto, Samayoa dijo que el sistema de salud en el país es deficiente y las personas no pueden pasar la cuarentena en lugares adecuados, por lo que, en vez de ser un delito, estos casis se deberían calificar como una sanción.
“Se les debe notificar por escrito a estas personas que si infringen las disposiciones serán drásticamente multadas, pero ofrecerles cárcel es un contrasentido al principio de salud pública”, criticó.
Pero Oswaldo Samayoa, abogado especialista en derechos humanos y catedrático universitario, recordó que no todas las personas cumplen con las restricciones y no es la solución de enviarlas a prisión cuando la infracción corresponde a un tema de salud.
Además, criticó que el sistema de salud en el país es deficiente porque no pueden pasar la cuarentena en lugares adecuados y en vez de ser un delito debería ser calificado como una sanción.
“Se les debe notificar por escrito a estas personas que si infringen las disposiciones serán drásticamente multadas, pero ofrecerles cárcel es un contrasentido al principio de salud pública”, indicó.