Justicia

Estos son los argumentos de los magistrados para que sea declarado sin lugar antejuicio del Congreso

Con vasta jurisprudencia abogada acudió a la Torre de Tribunales para que se declare sin lugar el antejuicio a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), Bonerge Amílcar Mejía Orellana, José Francisco De Mata Vela y Gloria Patricia Porras Escobar.

La abogada Alis Pérez Castillo compareció en el Juzgado Undécimo Penal con un memorial a favor de los magistrados constitucionales. (Foto Prensa Libre: Kenneth Monzón)

La abogada Alis Pérez Castillo compareció en el Juzgado Undécimo Penal con un memorial a favor de los magistrados constitucionales. (Foto Prensa Libre: Kenneth Monzón)

Poco antes de las 11 horas la abogada Alis Pérez Castillo compareció a la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en representación de los magistrados constitucionales Mejía Orellana, De Mata Vela y Porras Escobar.

“Es para entregar un memorial”, se refirió la abogada sin aportar más detalles. Como carecía del número de expediente se dirigió a Gestión Penal en donde le refirieron que la denuncia interpuesta por la Comisión Permanente del Congreso fue remitida al Juzgado Undécimo Penal, a cargo de Eduardo Cojulún.

Entonces la abogada Pérez Castillo, acompañada de un asistente y Fernanda Morales, del Departamento de comunicación social de la CC, fueron a la sede de la judicatura en el tercer nivel de la Torre de Tribunales y remitieron el memorial.

“La acción es para que se declare sin lugar el antejuicio promovido contra los magistrados por la Comisión Permanente del Congreso”, informó Morales después de haber entregado varios documentos.

La denuncia

El pasado 24 de julio La Comisión Permanente del Congreso presentó una querella penal contra los tres magistrados del máximo ente legal del país al considerar que el amparo provisional que detiene las reformas a la Ley de Reconciliación Nacional “reúne características delictivas”.

Los diputados, que asimismo conforman la junta directiva, consideraron que aquella resolución del 18 de julio deja en suspenso un trámite propio de ese organismo.

El 19 de julio pasado, el Congreso fue notificado por la CC sobre la resolución que otorga un amparo provisional para que el Organismo Legislativo suspenda el proceso de aprobación de la iniciativa de ley 5377, que busca reformar la Ley de Reconciliación Nacional.

A criterio de la Comisión Permanente, “este amparo erosiona los cimientos de la República de Guatemala al prohibirle al Congreso una de sus atribuciones constitucionales, legislar”.

El argumento de la Comisión es que la CC se extralimitó en sus funciones al otorgar un amparo sobre una ley que no ha sido aprobada, vedando el derecho de legislar a los diputados.

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Amnistía

La iniciativa de ley 5377 propuesta por el diputado por el Partido de Avanzada Nacional (PAN), Fernando Linares Beltranena, e impulsada por el oficialista Frente de Convergencia Nacional (FCN-Nación) busca dar amnistía total a las personas condenadas y señaladas por crímenes contra la humanidad cometidos durante el conflicto armado interno (1960-1996).

Jurisprudencia

La CC compartió un comunicado después que remitió el memorial en el Juzgado. “Rechazamos la persecución penal impulsada por los siete diputados que integran la Comisión Permanente del Congreso de la República de Guatemala, contra tres de los cinco magistrados titulares de la Corte de Constitucionalidad (CC), derivada de la resolución dictada el 18 de julio del presente año, sobre el caso de la iniciativa de reformas a la Ley de reconciliación nacional”.

En el comunicado la CC calificó la querella de los diputados como “ilegal e ilegítima” debido a que “atenta contra la independencia judicial”.

En el memorial los magistrados recuerdan la jurisprudencia desde 1995 en relación con los fallos que deben ser cumplidos de carácter obligatorio.

Los amparos contra leyes en proceso de formación a los cuales la CC ha conocido como haber negado amparos ante la amenaza de la Ley de implementación de medidas fiscales y la Ley del presupuesto general de ingresos y egresos del Estado para el ejercicio fiscal de 2016.

También haber negado un amparo en 2015 por la amenaza que entrara en vigor la Ley de tarjetas de crédito y las reformas al Código Penal que estaban en los decretos 14-2017 y 15-2017.

Sin persecución

La máxima corte del país también se refirió a los precedentes relacionados por la “no persecución de magistrados por sus decisiones”.

La sentencia del 29 de agosto de 1995 en donde fue denunciado el entonces magistrado de la CC Mynor Pinto Acevedo en relación a la firma del acuerdo 3-95 de la CC en donde fue acordada que la presidencia sería desempeñada en los periodos de cuatro meses por cada uno de los magistrados. El promotor de la denuncia fue Agustín Monzón Díaz y Silverio Rafael Ochaeta Corzo.

 

 

 

 

 

También la sentencia del 6 de abril de 2004 cuando fue señalado el exintegrante de la CC, Mario Guillermo Ruiz Wong. El señalamiento se centró a la denuncia en el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios (CANG) por su actuación en el amparo que José Efraín Ríos Montt promovió contra el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Otra sentencia se relaciona a la denuncia contra el exmagistrado de la CC, Cipriano Francisco Soto Tobar que fue promovida por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac). El acto fue que lo declararon non grato por haber otorgado un amparo a Rios Montt para ser candidato a la presidencia. La sentencia fue el 3 de noviembre del 2004.

La exmagistrada de la CC Gladys Chacón Corado fue denunciada por Mauricio Rolando Izquierdo Ávila en relación con sus actos. La máxima corte rechazó su acción el 13 de mayo de 2010.

El expresidente y exintegrante de la CC, Alejandro Baltazar Maldonado Aguirre también fue señalado. La sentencia del 11 de septiembre del 2017 fue el rechazo a la denuncia del Centro de Acción Legal en Derechos Humanos (Caldh).

La magistrada de la CC Gloria Porras fue señalada por Mario Isaac Acevedo Ramírez por haber avalado una acción que dejó en suspenso la decisión del presidente Jimmy Morales que declaró non grato a Iván Velásquez, titular de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig). La sentencia fue dictada el 29 de enero del 2018.

Por último, los magistrados Dina Ochoa, Neftaly Aldana, Gloria Porras, José de Mata y Bonerge Mejía fueron señalados por Mario Isaac Acevedo Ramírez en relación con la resolución del 13 de marzo del 2017 por un recurso de revisión que interpuso Caldh.

 

Pronunciamiento

Las entidades Centro para la Justicia y el Derecho Intenacional (Cejil), la Fundación para el Debido Proceso, Impunity Watch, la Plataforma Internacional contra la Impunidad, Robert F. Kennedy Human Rights, Guatemala Human Rights Commission y Washington Office on Latin America, compartieron un comunicado en donde instan a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a “respetar la independencia” de la CC.

Comunicado para respaldar a la CC. (Foto Prensa Libre: Cortesía)

 

Postura del Congreso

Estuardo Galdámez, primer secretario de la Junta Directiva del Congreso, indicó que podría denunciar nuevamente a los tres magistrados porque a su criterio están abusando de su autoridad.

“O sea que los tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad que están siendo denunciados por la comisión permanente acaso se creen ellos miembros de una corte celestial o se creen los perfectos de Guatemala para no cometer delitos o qué se creen que pueden abusar de la ley”, afirmó el congresista.

Galdámez considero que los magistrados son “abusivos” y que los volverá a denunciar y que “ojalá que la Corte Suprema de Justicia actúe conforme a Derecho”.

“Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad incurrieron en los delitos por los cuales fueron denunciados por la Comisión Permanente y por lo tanto deben afrontar la justicia. No son ningunos perfectos para hacer las atrocidades que hacen”, afirmó el parlamentario.

Recalcó que tiene “la facultad de volverlos a denunciar por estar incurriendo en otros delitos” y que hará que afronten la justicia “por abusivos de su autoridad”.

 

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