Dichos procesos son conocidos por dos órganos que son los encargados del procedimiento de extradición; el Tribunal Tercero de Sentencia Penal que tiene a su cargo 37 solicitudes de extradición y el Tribunal Quinto de Sentencia Penal que tiene a su cargo 32 procesos.
De acuerdo con los registros de la Policía Nacional Civil (PNC) hasta el 14 de febrero del presente año han sido arrestados 6 requeridos por Estados Unidos, de los cuales no se ha ejecutado ninguna entrega a la nación que lo solicita.
El Ministerio Público detalló que existen 22 capturas pendientes de ejecutarse por procesos de extradición.
¿Cuál es el procedimiento de extradición?
El titular del Tribunal Tercero Penal, el juez Saúl Álvarez detalló que el proceso consiste en que la solicitud de requerimiento de extradición se recibe por medio de la secretaria de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), o bien, cuando el Ministerio Público (MP) solicita la aprehensión directa de un requerido en extradición a través del Juzgado de Diligencias Urgentes de Turno, y posteriormente se distribuyen en los dos órganos jurisdiccionales competentes.
Luego los Tribunales de Sentencia fijan una audiencia en la que el MP explica los motivos del requerimiento de extradición y a su vez se le da la oportunidad al requerido de “ejercer su defensa, imponerse o conocer de todas las actuales legales” explicó Álvarez.
Las vías legales
Cada persona que es requerida en extradición tiene dos vías legales para dilucidar su situación, una de ellas es “allanarse que consiste en renunciar al proceso y la decisión de entregarse voluntariamente a la nación que lo está requiriendo” explica el juez Álvarez.
Mientras que la otra opción es “seguir el propio proceso de extradición que implica desarrollar todas las fases, presentar medios de prueba y la decisión final queda sujeta al tribunal sobre la entrega del requerido” que forma parte del trámite procesal judicial. Es importante mencionar que en dicho lapso los que son requeridos presentan acciones legales que frenan su entrega.
Hay algunos casos de personas que son requeridas en extradición, pero tienen procesos penales pendientes en Guatemala, para poder hacer efectiva su entrega debe cumplir con la sentencia impuesta y posteriormente se podrá realizar su entrega al país que lo requiere.
Los plazos
Luego de que la privación de libertad de alguien requerido en extradición se tienen 24 horas para hacerle saber el motivo de su detención, además se le hace saber que tiene derecho a nombrar un abogado defensor; luego el órgano jurisdiccional competente en audiencia le brinda la oportunidad a quien es requerido si renuncia a todos sus derechos, o bien si agotará todas las acciones legales antes de su entrega con el país que le solicita.
Posterior a desarrollar la audiencia en la que se le dan a conocer generalidades sobre los motivos de su extradición, el país que requiere a una persona por supuestamente haber cometido algún acto ilícito tiene 40 días hábiles para presentar la solicitud formal y ejecutar la misma.
Las cárceles
Dada la naturaleza de los señalamientos en contra de los requeridos en extradición, los jueces deben decidir en que prisión deben permanecer hasta su entrega, el juez Saúl Álvarez explica que “técnicamente” quien conoce de las prisiones es la Dirección General del Sistema Penitenciario; sin embargo, desde 2009 la base Militar de Mariscal Zavala “se consideró que las personas requeridas en extradición deberían de ser recluidas en dicho lugar” dijo.
“Una persona que ha sido requerido en extradición definitivamente debe sufrir la detención provisional” aclara el Juzgador y agregó que en su mayoría son enviados a Mariscal Zavala, Matamoros o alguna prisión que garantice las medidas de seguridad necesarias “derivado a que podrían estar sujetas a un atentado” acotó.
Las impugnaciones son normales
Según el analista jurídico del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales, Francisco Quezada resaltó que “hay procesos en donde se hace uso de recursos y en lo que se dilucidan pueden pasar mucho tiempo” ante ello la entrega se retarda.
El profesional agregó que “los mecanismos internos son sujetos a varias impugnaciones, pero están dentro de los parámetros normales porque son garantías procesales que se deben observar” acotó.
Quezada hizo referencia que algunos casos toman muchos años derivado a que se debe “dilucidar las responsabilidades locales o las que se cometieron en el extranjero” en referencia a los procesos que debe enfrentar en su país de origen.
Una tardía entrega
La Corte del Distrito de Columbia, Washington, Estados Unidos, requirió en 2017 a la ex vicepresidenta Roxana Baldetti para imputarle cargos por los delitos de asociación delictuosa y conspiración para el tráfico de drogas, según información del Ministerio Público (MP).
Actualmente Baldetti guarda prisión por cuatro procesos penales por corrupción, el tratado de extradición entre Guatemala y Estados Unidos establece que esta podrá ser puesta a disposición de las autoridades estadounidenses, cuando sea absuelta o sentenciada por los tribunales de justicia.
También es requerido por EE.UU. el exministro de Gobernación, Mauricio López Bonilla por los delitos de asociación delictuosa y conspiración para el tráfico de drogas, lo señalan de supuestamente conspirar, junto a la ex vicepresidenta Roxana Baldetti, el traslado de cinco o más kilogramos de cocaína a ese país.