La Corte consideró que el Estado “no demostró haber implementado las medidas necesarias, de forma que los funcionarios responsables de recibir denuncias de desaparición tuvieran la capacidad y la sensibilidad para entender la gravedad de las mismas frente al contexto de violencia contra la mujer, así como la voluntad y entrenamiento para actuar de inmediato y de forma eficaz” .
Otro punto del fallo señala que las autoridades guatemaltecas “no actuaron con la debida diligencia requerida para prevenir adecuadamente la muerte y agresiones” sufridas por la víctima.
Claudina Isabel Velásquez Paiz desapareció el 12 de agosto de 2005 y su cadáver fue encontrado al día siguiente con señales provocadas por actos de extrema violencia, incluida violencia sexual.
El mismo día de su desaparición, sus padres acudieron a interponer una denuncia ante las autoridades pero se les indicó que debían esperar 24 horas.
Por otro lado, la Corte constató la existencia de “diversas irregularidades en la investigación” a partir del hallazgo del cuerpo de la víctima y posteriores actuaciones de los funcionarios estatales.
“Los estereotipos de género derivaron en que el caso no se investigara de manera diligente ni con rigor. En este sentido, el Tribunal consideró que el Estado incumplió su obligación de investigar la muerte como una posible manifestación de violencia de género y con un enfoque de género”, asegura la sentencia.
Los jueces determinaron que hubo violencia contra la mujer y una forma de discriminación en el acceso a la justicia por razones de género.
En ese sentido, la CorteIDH concluyó que el Estado violó los derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial y el derecho a la igualdad ante la ley.
En cuanto a los familiares de la víctima, los jueces indicaron que debido al trato que recibieron, el Estado violó su integridad personal, el respeto de su honra y el reconocimiento de su dignidad.
La Corte ordenó al Estado indemnizar a la familia de la víctima, investigar y sancionar a los responsables de los hechos, realizar un acto de disculpas públicas e incorporar al currículo del sistema educativo un programa permanente sobre la necesidad de erradicar la discriminación de género, los estereotipos de género y la violencia contra la mujer.
Además, el Estado guatemalteco deberá implementar programas y cursos permanentes para funcionarios públicos pertenecientes al Poder Judicial, Ministerio Público y Policía Nacional Civil, que estén vinculados a la investigación de actos de homicidio de mujeres, sobre estándares en materia de prevención, sanción y erradicación de homicidios de mujeres y capacitarlos sobre la normativa internacional en la materia.