Justicia

Iniciativa 6055: cuáles son los cambios que el Congreso propone hacer a la ley de protección ambiental

Expertos en temas ambientales consideran que dichas reformas representan un riesgo para el medio ambiente guatemalteco y beneficia a quienes dañan y atentan contra los recursos naturales.

Congreso

En primera lectura avanzaron las reformas a la ley de protección y mejoras del medio ambiente. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Reducir los trámites para licencias ambientales, convenios de pago por multas no canceladas y las solicitudes razonadas para clausurar negocios ante la Procuraduría General de la Nación (PGN), son las reformas que pretenden realizar a la ley de protección y mejoramiento de medio ambiente; cambios que podrían atentar contra el medio ambiente de Guatemala.

Entre los argumentos presentados es que existe demasiada burocracia y procedimientos dilatorios, por lo que consideran que las posibles soluciones es que se exima de presentar estudios de impacto ambiental a las iglesias y a otros sectores económicos que no se especifican.

Expertos en temas ambientales consideran que dichas reformas representan un riesgo para el medio ambiente guatemalteco y beneficia a quienes dañan y atentan contra los recursos naturales.

Como parte de la exposición de los motivos se lee: “Se han tornado en exceso dilatorias y un obstáculo para el desarrollo de nuevas actividades profesionales, comerciales, industriales o de índole cultural” y señalan que existe un vacío legal, al no especificar en que plazo se deben hacer efectivas las multas impuestas.

La iniciativa que se identifica con el número 6055 y el pasado miércoles pasó en primer debate en el pleno del Congreso de la República; obtuvo dictamen favorable el 12 de julio de 2022 por parte de la Comisión de Ambiente, Ecología y Recursos Naturales, la cual es presidida por el diputado Erick Martínez.

Entre los diputados ponentes se encuentran la presidenta del Legislativo Shirley Joanna Rivera Zaldaña, Carlos Enrique López Maldonado, Julio Cesar Longo Maldonado, Efraín Menéndez Anguiano, Marvin Estuardo Alvarado Morales y Aníbal Estuardo Rojas Espino.

Con intereses particulares

De acuerdo con el análisis de la Asociación Guatemalteca de Abogados Ambientalistas (Aguaa) las reformas tienen una intención “de hacer una ley más laxa a los intereses de particulares a costa de la colectividad y de la protección de los recursos naturales” refiere Cristofer López, director de Aguaa.

López advirtió que “hay empresas altamente contaminantes que se beneficiarían con la aprobación” de estás reformas; mientras que en un contexto internacional podría representar “un retroceso, porque los estándares internacionales cada vez son más altos en relación los costos de producción versus los daños ambientales” dijo.

El experto considera que “es un error seguir insistiendo en la aprobación de cara a los compromisos que Guatemala ha asumido en diferentes instrumentos ambientales internacionales” y subrayó que representa un riesgo para la sostenibilidad ambiental de las futuras generaciones “se insiste en empeñar el futuro de las próximas generaciones a costas de los beneficios económicos de corto plazo”.

Representa un riesgo ambiental

Entre los cambios se contempla que debe presentarse una solicitud razonada de la clausura del negocio ante la Procuraduría General de la Nación (PGN) lo que “parecería una táctica para dilatar el proceso y colocar un eslabón burocrático más” lo que puede interpretarse como una oportunidad al infractor para que el negocio no se vea impactado con un cierre de operaciones, explicó el ingeniero Marvin Romero Santizo, especialista en hidrología y docente de la Escuela Nacional Central de Agricultura.

Romero Santizo considera que con los cambios que se pretenden aplicar a la legislación representa un riesgo al medio ambiente de nuestro país “el proyecto que está causando un impacto o daño ambiental no se va poder cerrar” y refiere que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales debería de tener “un proceso ágil en defensa de los intereses del Estado de Guatemala y sus recursos naturales” dijo.

Entre las modificaciones planteadas se encuentran que no se puede modificar o demoler construcciones violatorias de disposición sobre protección y mejoras del medio ambiente, a criterio del experto “lo único que pretenden es beneficiar a la gente que destruye o contamina el medio ambiente, porque al existir infraestructura que causa un impacto ambiental negativo en su entorno debería de demolerse” indicó.

“Dar amnistía por haber dañado a la naturaleza o impacto ambiental de graves magnitudes es dejar en la impunidad ese tipo de acciones, porque se han contaminado ríos, lagos, suelos y se han deteriorado bosques” dijo Romero Santizo con relación a la amnistía de tres años que contemplan las reformas.

El 22 de abril, fue declarado Día de la tierra por la Asamblea de las Naciones Unidas, ONU, para evidenciar que los cambios provocados por el hombre en la naturaleza, así como contaminación de la biodiversidad, la deforestación, el cambio de uso del suelo, la producción agrícola y ganadera intensiva del comercio ilegal de la vida silvestre, pueden aumentar el riesgo de pandemias a nivel global.

La iniciativa 6055 forma parte del paquete de leyes que impulso la alianza oficialista, entre las que se encontraba el Superministerio, con la que pretendían que  el Marn concentrará las funciones, jurisdicciones y presupuestos del Conap, el Inab, la Oficina de Control de Áreas de Reservas del Estado (Ocret) y las cuatro autoridades de los lagos de Atitlán, Amatitlán, Izabal-Río Dulce y Peten Itzá. Dicho proyecto de ley fue archivado en septiembre de 2022.

Los cambios

Algunos de los cambios más trascendentes de la reforma que avanza en el Congreso a la Ley de Protección Ambiental.

  • Presentar una solicitud razonada de la clausura del negocio ante la PGN y el trámite debe seguirse como un procedimiento de incidentes.
  • Amnistía hasta por tres años para el pago de multas impuestas a empresas que han incumplido con la obligación.
  • Pretende dejar sin efecto los parámetros de contaminación que se establece el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales para cada caso especifico
  • No se podrán confiscar o eliminar las materias primas, instrumentos y materiales perjudiciales al medio ambiente, tampoco se podrán destinar a subasta pública.
  • No se podrá modificar o demoler construcciones violatorias de disposición sobre protección y mejoras del medio ambiente.
  • Otorga la facultad al MARN para exonerar de las multas y otorgar rebajas de estás desde un 20 hasta un 80% a sanciones impuestas. La rebajada dependerá de los meses transcurridos después de haber sido sancionados.

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