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La Feci y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) señalaron que la resolución reclamada, se advertía que la Corte Suprema de Justicia, al emitirla, se extralimitó en el ejercicio de sus facultades, debido a que no se circunscribió a declarar la existencia o no de hechos que puedan ser tipificados como delito, que era lo que le competía hacer conforme a la preceptuado en la ley rectora del acto y atendiendo al estado de las citadas diligencias.
“Se estableció que incurrió en exceso porque emitió juicios de valor con relación a los elementos de convicción aportados, lo cual constituye función propia de los tribunales competentes, que efectuarán en su momento procesal oportuno”, refiere el fallo.
Por lo que la CC estimó que concurrían las circunstancias necesarias para otorgar amparo provisional y, como consecuencia de ello, dejó en suspenso definitivo la resolución señalada como reclamada.
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“Para los efectos positivos de la protección otorgada se ordenó a la Corte Suprema de Justicia que, en el plazo de cinco días, emita nueva resolución en la que se pronuncie sobre las diligencias de antejuicio relacionadas, fundamentando debidamente su decisión, de acuerdo con lo establecido en la ley aplicable” señaló el amparo otorgado.
Se trató de tener una versión del diputado Alejos, sin embargo la encargada de comunicación del partido dijo que aún no había una postura al respecto.
El caso
El MP y la Cicig presentaron el antejuicio en contra de Alejos el 25 de enero del 2018. La CSJ lo aceptó para su trámite el 25 de abril y fue ratificado el 17 de agosto. No obstante, el diputado se había resistido a comparecer ante el juez pesquisidor.
El MP señaló al diputado de Todos en el caso Traficantes de Influencias, una red que operaba en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para agilizar los trámites de expedientes de devolución de crédito fiscal a cambio de comisiones ilícitas.
Según la investigación, Alejos era uno de los intermediarios de la estructura y su función era captar clientes, es decir, empresas que estuvieran dispuestas a pagar por el trámite irregular de devolución de crédito fiscal.
Rechazan diligencias
El 21 de noviembre de 2018, por unanimidad, la CSJ rechazó la solicitud de retiro de inmunidad contra Alejos, algo que ya venía sugerido en el informe que mandó Jorge Valladares, juez pesquisidor, al término de un proceso donde el congresista intentó en 15 ocasiones separar al juzgador de ese caso. Incluso fue multado por recusaciones malintencionadas y frívolas.
La decisión de la CSJ fue unánime, en una jornada en la que los magistrados de la CSJ sostuvieron una reunión con diputados y donde se acordó un incremento de Q600 millones al presupuesto del Organismo Judicial para el 2019.
El legislador se había ausentado a citaciones de la Sala en cuatro oportunidades. Finalmente presentó sus pruebas de descargo por escrito, a pesar de ser citado bajo apercibimiento.
Aunque Alejos no se pronunció en varias ocasiones fue cuestionado respecto al proceso penal y los señalamientos del MP y la Cicig en su contra; siempre respondió que había un interés político atrás de la acusación.
Alejos dijo: “No voy litigar en los medios de comunicación como lo ha hecho Thelma Aldana -exfiscal General- e Iván Velásquez -director de la Cicig- para buscar una condena mediática a falta de pruebas. Estoy ejerciendo mi derecho de la legítima defensa, consagrado como una garantía constitucional”.
“He ejercitado mi derecho de defensa porque el proceso está viciado, manipulado y politizado. Todo esto se trata de un antejuicio político y espurio interpuesto por la ahora candidata a la presidencia, Thelma Aldana, quien aún maneja una estructura politizada dentro del MP”, señaló en su momento.
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