En aquella fecha se declaró a Medrano responsable de haber contratado de manera irregular a la empresa Grupo Dinámica Constructiva, la cual tuvo a su cargo el cobro y recaudación del impuesto único sobre inmuebles (Iusi) en esa localidad.
Por esa tarea obtuvo una comisión del 15 por ciento, que en total ascendió a Q1 millón 234 mil 787.07, de los Q12 millones 231 mil 913.67 que recaudó entre el 1 de enero del 2011 y el 13 de agosto del 2012. También se disminuyó la conmuta por abuso de autoridad, de Q100 diarios a Q50 diarios. Queda pendiente que se fije la conmuta por el segundo hecho ilícito. La multa por concusión pasó de Q50 mil a Q25 mil.
Por el momento, el Ministerio Público no ha emitido un pronunciamiento al respecto.
Argumentos
El juicio contra Medrano fue tramitado por la jueza Oly García, quien conoció el caso en modalidad de tribunal unipersonal, y determinó que con la contratación de Grupo Dinámica Constructiva resultaron perjudicadas las finanzas de la comuna.
García aseguró que Medrano defraudó la confianza de los habitantes de Chinautla, pues utilizó su cargo para beneficiar a personas cercanas, como familiares y amigos, pues la entidad que recaudó el Iusi tenía vínculos con su hijo y su nuera, entre otras personas.
Los magistrados Roaldo Isaías Chávez Pérez, Eduardo Galván Casasola y César Aníbal Najarro López determinaron que las finanzas de Chinautla no se vieron afectadas por la actividad de la referida empresa, como García lo hizo ver en su veredicto.
En el fallo de la Sala se agrega que ninguno de los habitantes de Chinautla fue perjudicado, pues durante el tiempo que Grupo Dinámica Constructiva cobró el Iusi funcionaron todos los servicios de la comuna.
La resolución de la Sala puede ser impugnada ante la Corte Suprema de Justicia.