El primer artículo que se pretendía modificar hablaba sobre la garantía de la voluntad popular, pero no fue dictaminado por la CC y por lo tanto solamente 13 legisladores votaron, cuando se necesitaban 105 votos para la modificación.
El artículo 2 del proyecto buscaba modificar el número mínimo de afiliados para que una organización se constituya como partido político. Actualmente el número de afiliados mínimos con los que debe contar una organización que aspira a ser partido político es del 0.3% del padrón electoral -unos 23 mil afiliados- y se pretendía incrementar a 0.5% ese requisito.
Cuando se llamó a votación únicamente 34 diputados votaron a favor, por lo que esta propuesta de reforma, que sí tenía el aval de la CC, se perdió.
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El diputado Oliverio García Rodas, tomó la palabra y aseguró que era evidente que no había acuerdos de nada y lo más prudente sería que se suspendiera la aprobación del proyecto y dejarla para el próximo año, para que las reformas se apliquen en el proceso electoral del 2023.
Sin embargo, su propuesta no tuvo eco entre los congresistas y la aprobación siguió con el artículo tres que reforma los literales c, e y h, del artículo 20 de la Ley Electoral, que hablan sobre la acreditación de fiscal electrónico, que los partidos reciban automáticamente las actas digitalizadas de las Juntas Receptoras de Votos al mismo tiempo que el Tribunal Supremo Electoral y desarrollar proselitismo en época no electoral.
Sin embargo, el presidente del Congreso informó que los literales c y h no tenían el aval de la CC, por lo que se ingresó una enmienda por sustitución parcial que eliminó los literales con conflicto y este sí fue aprobado con el voto de 107 diputados.
El texto que fue aprobado es: “Recibir de forma automática, al mismo tiempo que el Tribunal Supremo Electoral, el informe al que se refiere el artículo 240 de la presente Ley, y dentro de los tres días posteriores al día de la elección, a recibir de parte del Tribunal Supremo Electoral, copia digitalizada de las actas de cada Junta Receptora de Votos”.
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La discusión siguió con el artículo cuatro que habla sobre los derechos de los afiliados a los partidos políticos, básicamente eran una serie de preceptos que los partidos políticos deberían cumplir con el fin de fortalecer las instituciones.
Sin embargo, pese a tener el aval de la CC y de ser considerado favorable para mejorar la institucionalidad y el sistema democrático durante las discusiones en las mesas técnicas solo recibió 60 votos a favor y la reforma se perdió.
Inmediatamente se entró a conocer el artículo 5, que habla sobre el financiamiento público de las organizaciones políticas, cuyo gran cambio es que por cada voto que reciban los partidos que hayan tenido como mínimo el 5 por ciento de los votos válidos se recibiera US$3.
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Sin embargo, ingresó una enmienda por sustitución total que bajaba el aporte a US$2, la cual comenzó a ser discutida, pero rápidamente el quórum bajó lo que obligó al presidente a levantar la sesión.
La discusión de la Ley Electoral se retomará el próximo miércoles cuando los diputados se reúnan nuevamente para discutir las reformas electorales.
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