Guatemala

Decreto legislativo prohíbe acoso a deudores

Acreedores y agentes de cobro ya no podrán acosar u hostigar a clientes para que efectúen pagos, según un decreto aprobado este martes por el Congreso.

Diputados en sesión plenaria. (Foto Prensa Libre: Alvaro Interiano)

Diputados en sesión plenaria. (Foto Prensa Libre: Alvaro Interiano)

Los diputados reformaron el artículo 46 bis de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, que prohibirá el acoso u hostigamiento para la cobranza.

Textualmente el artículo establece

  • Artículo 46 bis. Acoso u hostigamiento para la cobranza. Se prohíbe al acreedor o agente de cobranza oprimir, molestar o abusar de manera insistente y repetitiva en contra de una persona, con ocasión de la gestión de cobro de una deuda. Para el efecto, se consideran acciones de acoso u hostigamiento las siguientes:
  • a) La realización de comunicaciones para cobro o requerimiento de pago por medio de llamadas telefónicas, mensajes de texto, correos electrónicos o cualquier medio análogo en días y horas inhábiles.
  • b) La realización de más de dos comunicaciones durante el día, para cobro de o requerimiento de pago, por medio de llamadas telefónicas, mensajes de texto, correos electrónicas o cualquier otro medio análogo.
  • c) La comunicación con objeto de cobro a personas distintas al deudor o a quienes les fian.
  • d) Pegar avisos en postes y viviendas cercanas a la residencia o trabajo del usuario, o en postes de energía eléctrica, con el fin de causar vergüenza a efecto de que realicen los pagos.

https://twitter.com/jgramajo_pl/status/725111842146672640

El decreto menciona que por acoso u hostigamiento para la cobranza se entiende la conducta del acreedor o agente de cobranza que oprima, moleste, abuse, persiga, apremie con molestia a una persona, de manera insistente, repetitiva, o con palabras irrespetuosas o groseras, con ocasión de la gestión de cobro de una deuda.

La aprobación tuvo el voto de 108 diputados, 17 en contra y 33 ausentes, y le corresponde el decreto 28-2016.

Este es el segundo movimiento del Congreso para evitar prácticas contra deudores y clientes de servicios financieros. La Ley de Tarjetas de Crédito fue aprobada en noviembre de 2015 para evitar el acoso y regular las tasas de interés, pero fue suspendida por la Corte de Constitucionalidad (CC).