El pronunciamiento de Washington se da en momentos en que dos exfiscales de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) y una exmandataria de la extinta Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) fueran ligadas a proceso penal por casos que, en principio, el MP mantuvo bajo reserva judicial.
“Estados Unidos está profundamente preocupado por los continuos y descarados ataques de la procuradora -Fiscal- general de Guatemala, Consuelo Porras, contra el sistema de justicia de Guatemala a través de arrestos y detenciones por motivos políticos de servidores públicos actuales y anteriores que luchan contra la corrupción”, señaló Ned Price, portavoz del Departamento de Estado de EE. UU.
El comunicado agrega que “los informes de retrasos repetidos y poco comunes en las audiencias de lectura de cargos, la retención de información a los abogados defensores, la negativa a celebrar audiencias públicas y la filtración de detalles de casos sellados a entidades en línea plantean serias preocupaciones con respecto a la imparcialidad de estos procedimientos”.
Agrega que, “además del arresto de al menos seis fiscales anticorrupción anteriores y actuales, otros fiscales se han visto obligados a huir del país y continúan los esfuerzos para eliminar la inmunidad de jueces y fiscales anticorrupción adicionales”.
“Estados Unidos hace un llamado al Gobierno de Guatemala para que respete los derechos humanos de todas las personas, incluso garantizando juicios justos y asegurando la seguridad personal y el trato justo y transparente de todos los actores del sector de la justicia”, enfatiza el comunicado del Departamento de Estado.
El documento concluye que “los esfuerzos de la fiscal general -Consuelo Porras- para atacar a los fiscales anticorrupción y otros fiscales siguen una tendencia preocupante de corrupción y el debilitamiento de las instituciones y los procesos democráticos en Guatemala”.
Preocupación generalizada
Hace unos días, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mostró preocupación por los casos que, según su percepción, son parte de un plan de persecución judicial en contra de jueces y fiscales que lucharon contra la corrupción y la impunidad en Guatemala.
Entre los casos que enumera la CIDH en su pronunciamiento está la captura de Willy Racanac López y Paola Mishelle Escobar Quiñónez, auxiliares fiscales de la Feci por el supuesto delito de abuso de autoridad, un hecho ocurrido el 16 de febrero pasado.
Agrega que, además, “se giró una orden de captura en contra de Rudy Antonio Herrera Lemus, exagente fiscal, y Aliss Noemí Morán, exauxiliar fiscal, quien el 17 de febrero se presentó ante el Juzgado Tercero Penal y se encuentra bajo prisión provisional”. Estas personas participaron en la investigación del Caso Comisiones Paralelas 2020.
Recuerda el caso de Eva Siomara Sosa, exfiscal de la Feci, quien el 15 de febrero recién pasado fue detenida luego de presentarse “voluntariamente” ante el Juzgado Tercero Penal tras conocer que existía una orden de captura en su contra.
Refiere que el 10 de febrero último “se tuvo conocimiento de la detención de Leily Santizo, exmandataria de la Cicig. Según la información, ambas se encontrarían detenidas sin que hasta la fecha se haya llevado a cabo la audiencia de primera declaración y, según lo indicado, las investigaciones serían una represalia por su trabajo”.
“Tanto Eva Siomara Sosa como Leily Santizo lideraron casos de alto impacto y anticorrupción durante el mandato de la Cicig”, refiere el pronunciamiento que agrega que “la detención de Leily Santizo también estaría relacionada con la labor que actualmente desempeña como defensora de operadores y operadoras de justicia reconocidos por su desempeño independiente”.
“La información disponible indica que las abogadas no habrían sido informadas de las acusaciones en su contra ya que el expediente se encuentra bajo reserva judicial. Al respecto, el Estado indicó que no resultaba “posible ahondar en detalles”, pero que las órdenes de aprehensión solicitadas “se basaron en indicios suficientes que el juez analizó para autorizarlas”.
Además, menciona que el 9 de febrero recién pasado, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró procedente una solicitud de antejuicio y retirar la inmunidad de Pablo Xitumul de Paz, juez de Mayor Riesgo C, al tiempo que se ordenó continuar con las diligencias de antejuicio en contra de Erika Aifán, jueza de Mayor Riesgo D, quienes son beneficiarias de medidas cautelares otorgadas por la CIDH.
“Por su parte, el Estado de Guatemala señaló que no se criminaliza a funcionarios, jueces o abogados, sino que se pretende el estricto cumplimiento de la ley y del debido proceso. Asimismo, informó que a toda persona acusada se le permite una defensa apropiada”, dice el pronunciamiento; sin embargo, la Corte señala que el antejuicio en Guatemala se está utilizando como un mecanismo de intimidación.
“Si bien el antejuicio constituye una garantía constitucional a favor de las y los operadores de justicia a fin de que no sean indebidamente sometidos a proceso penal, la CIDH ha observado que, en el contexto guatemalteco, dicho procedimiento es empleado como mecanismo para intimidar, amedrentar y/o eventualmente retirarles de sus cargos”, pero ante eso el Estado señaló que, “a través de los procedimientos establecidos en su legislación, resguarda plenamente la estabilidad en el desempeño de los cargos, así como su independencia judicial”.
Postura del MP
En tanto, la Fiscalía señaló que “el Ministerio Público tiene la obligación de investigar todas las denuncias que se presentan, el no hacerlo representaría corrupción. En ese sentido, todas las investigaciones se realizan con estricto apego al principio de legalidad, de forma objetiva, imparcial y garantizando el respeto a los derechos humanos de las partes procesales”
Añade que “realizar una investigación y cumplir con la función del Ministerio Público jamás puede catalogarse como criminalización pues ninguna persona es superior a la la ley y es a través de la investigación que se establece la posible responsabilidad en la comisión de un delito y es un juez de garantías quien resuelve”.
Añade que “el Ministerio Público en cumplimiento a su mandato legal y constitucional debe investigar y velar por el estricto cumplimiento de la ley, siendo parte de un sistema de justicia en el cual cada institución tiene un rol específico, tal es el caso de la programación de audiencias, a la cual hace mención el pronunciamiento, situación que no depende del Ministerio Público”.