El exministro de la Defensa Julio Balconi Turcios opina que este estado ya no debe continuar en el Estor, Izabal, y otros 21 municipios, porque ya se descubrió la presencia del narcotráfico en la región, y que ahora “deben continuar las operaciones, incluso, más intensas, pero con las garantías -constitucionales- vigentes.
Según Balconi Turcios, el temor que provoca el Estado de Sitio es que se cometan abusos, lo cual, según ha leído, no ha sucedido, y que por el contrario ha permitido encontrar pistas, laboratorios y plantaciones de cocaína.
El constitucionalista Rodolfo Rohrmoser expone que esta es una facultad que confiere la Constitución Política de la República y que espera que este Gobierno haga uso de ello con “sumo cuidado, regido por la prudencia y la conveniencia porque se limitan los derechos constitucionales de las personas”.
Según Rohrmoser, la suspensión de las garantías constitucionales tiene como objetivo, facilitar a las autoridades un trabajo más competente, pero que esto “es sumamente discutible, por lo que se debe analizar si vale la pena el sacrificio ya que se presta para arbitrariedades. La prudencia y la capacidad del Gobierno están en juego, y la historia juzgará los hechos”.
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El Estado de Sitio se implantó en esa región luego de que hace un mes fueron asesinados tres militares a manos de supuestos narcotraficantes en la comunidad Semuy 2, El Estor, Izabal. Durante este mes, que vence el viernes, se han localizado en zonas montañosas cuatro laboratorios para procesar cocaína y destruido 1,5 millones de plantas de coca, según el presidente Morales.
En Sololá es conflictividad social
En cuanto a que Morales implantará Estado de Sitio, el cual debe ser aprobado por el Congreso de la República, en Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá, Sololá, Balconi Turcios explica que el problema entre estas comunidades es muy diferente a lo sucedido en el Estor, Izabal, porque es por límites territoriales y que este se debe resolver por medio del diálogo.
“Este problema comenzó hace muchos años y no se va a resolver con un mes de permanencia de las fuerzas de seguridad. “Lo que ahí debe prevalecer es el convencimiento de los comunitarios de aceptar los límites que se definan. El Estado lo que tiene que hacer es resolverlo por medio del diálogo, tal como se debe de hacer en otros problemas similares”, opina el militar.
La doctora en Derecho Ilse Álvarez dice que este enfrentamiento por límites territoriales es solo uno de los muchos que forman parte del gran mapa de la conflictividad social del país. Es una parte de la “bola de nieve” de los problemas por la tierra. Es el resultado de la incapacidad del Estado para generar soluciones amistosas y las comunidades reclaman justicia social”.
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El sociólogo Héctor Rosada considera que la conflictividad que se vive en esas comunidades es urgente resolverla, pero que su tratamiento no debe pasar por un Estado de Sitio, sino por medio del diálogo. “Sería diferente si las autoridades hubiesen llegado y los recibieran a balazos, tal como ha sucedido en comunidades de Huehuetenango y otros departamentos”.
Extranjeros pueden tener problemas
Alvarez asegura que la suspensión de garantías institucionales en estas comunidades afecta el turismo porque afecta la inversión y el desarrollo normal de las comunidades porque el turismo no va a llegar. “Con las garantías constitucionales suspendidas los visitantes saben que si llegan y tienen un problema los policías lo pueden detener sin orden de juez”.
“El Estado de Sitio abarca a todas las personas. Un extranjero aparte de llegar con alertas internacionales de que nuestro país es peligroso ahora llega con que están suspendidas las garantías constitucionales”, comenta Álvarez.
Autoridades tienen dudas sobre resultados
El parlamentario Juan José Porras, del partido Visión con Valores (Viva), dice que, si el Gobierno pretende prorrogar el Estado de Sitio de las comunidades cercanas a El Estor, Izabal, es indispensable que lo justifique ante el Congreso de la República, para que “tengamos la claridad de conocer hasta donde han llegado, qué ha hecho, y así tomar una decisión”.
El diputado independiente Oliverio García Rodas, dice que hasta el momento el Congreso de la República no ha recibido ningún informe sobre los verdaderos resultados del Estado de Sitio en esa región. “Apenas sabemos lo que se publica la prensa pero no sabemos si de verdad ha ocurrido”.
Agrega: “Si el Ejecutivo está pensando solicitar al Congreso ampliar el Estado de Sitio, por lo menos debe enviar un informe pormenorizado de lo actuado, porque oficialmente el Congreso no conoce nada”, afirmó García Rodas.
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El diputado Oscar Chinchilla, del partido Compromiso, Renovación y Orden (Creo) dice que solicitaron a las fuerzas de seguridad un informe detallado de lo que han efectuado en los 22 municipios, cercanos al Estor, y que a partir de esos detalles decidir si apoyan la prolongación de la suspensión de las garantías constitucionales.
El Ejecutivo debe enviar, según la ley, un informe circunstanciado al Congreso sobre el trabajo realizado en los municipios donde se implementó el estado de Sitio. Es el Organismo Legislativo también el que conocerá la solicitud de ampliación y debe refrendar o rechazar la decisión del mandatario.
Chinchilla refirió que hasta el momento solo tienen información de lo que se ha dicho a través de los medios de comunicación, respecto a las tareas de seguridad en los seis departamentos, por lo que es urgente un informe oficial de todo lo que se ha hecho. “Para ello hemos citado al ministro de la Defensa y que presente su informe de lo actuado, porque no hemos visto acciones que ameriten que debe prorrogarse el Estado de Sitio”.
El ministro de la Defensa, Luis Ralda, acudió a la instancia de jefes de bloque del Congreso de la República para dar a conocer los resultados del Estado de Sitio decretado en 22 municipios de 6 departamentos. El funcionario informó que se han detectado cuatro narco-laboratorios, un centro de acopio, 35 pistas clandestinas en Izabal y 7 en Alta Verapaz.
Además, se han incautado 171 vehículos, se ha capturado a 577 personas y se confiscó un cargamento de jade valorado en, aproximadamente, Q30 millones. Ralda indicó que en los operativos han participado unos siete mil 800 elementos del Ejército en alrededor de 2000 acciones.
Los lugares donde se decretó el estado de Sitio:
Izabal: El Estor, Puerto Barrios, Morales, Los Amates y Livingston.
Alta Verapaz: Tactic, Senahú, Tamahú, La Tinta, Tucurú, Cahabón, Panzós, Chahal y Fray Bartolomé de las Casas.
Zacapa: Río Hondo, Teculután, Gualán y Usumatlán.
El Progreso: San Agustín Acasaguastlán y San Cristóbal Acasaguastlán.
Baja Verapaz: Purulhá.
Petén: San Luis.
Municipios agregados:
Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá
Ley del Orden público debe actualizarce
El Estado de Sitio es una limitación a las garantías constitucionales basadas en las categorías que contiene la Ley de Orden Público. De acuerdo con la doctora en Derecho Ilse Álvarez, este tipo de leyes la tienen todos los países, pero en Guatemala se debe actualizar porque tiene diferentes generaciones constitucionales. Cuando se revisan los artículos no coinciden con los de la Constitución de la República de 1985, por lo que hay que ir a constituciones anteriores para ver a cuáles se refiere. Por ejemplo el tema de terrorismo tiene otro esquema que no responde a hace 50 años.
El artículo 16 de la Ley de Orden Público señala que el Ejecutivo puede decretar el Estado de Sitio por actividades “terroristas, sediciosas o de rebelión” que pretendan cambiar por medios violentos las instituciones públicas o cuando hechos graves “pongan en peligro el orden constitucional o la seguridad del Estado”.
También cuando se registran o se tengan “indicios fundados” de que se van a producir “actos de sabotaje, incendio, secuestro o plagio, asesinato, ataques armados contra particulares y autoridades civiles o militares u otras formas de delincuencia terrorista y subversiva”.
Durante el Estado de Sitio, todas las autoridades y entidades estatales están obligadas a prestar a la autoridad militar “el auxilio y cooperación que les sean requeridos, dentro de la esfera de su competencia”.
Esta situación le permite a la autoridad militar, según el artículo 19 de la misma norma, “intervenir o disolver sin necesidad de prevención o apercibimiento” cualquier grupo, ordenar sin necesidad de mandamiento judicial o apremio la detención o confinamiento de cualquier persona, y repeler o reprimir por los medios “preventivos, defensivos u ofensivos que fueren adecuados” cualquier acción.
Además, restringe derechos del ciudadano como la libertad de acción, la libertad de locomoción y manifestación, el derecho a la reunión o la portación de armas, entre otros.
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