Salud

Etiquetado, publicidad y sanciones que contempla la ley de alimentación saludable

Disposiciones de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable se aplicaría al etiquetado de todos los alimentos preenvasados, y el Ministerio de Salud debe crear guías informativas.

En el Congreso de la República se discute este jueves 29 de febrero la aprobación en tercera lectura de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable, la cual tiene como fin proteger el derecho a la salud por medio de la "creación de un marco jurídico que promueva la alimentación saludable", a fin de reducir la mortalidad prematura y discapacidad causada por las enfermedades crónicas no transmisibles.

Las disposiciones de la presente ley son aplicables en todo el territorio nacional. Aplica al etiquetado de todos los alimentos preenvasados que se ofrecen al consumidor.

Entre los motivos para la creación de la ley se menciona que el Estado debe velar porque la alimentación y nutrición de la población reúna los requisitos mínimos de salud, y porque preocupa el tema de sobrepeso y obesidad en la niñez, adolescencia y población en general que deriva en enfermedades crónicas.

Qué debe cumplirse

La normativa establece que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social será el responsable de mantener actualizadas las guías de alimentación saludable para la población. También deberá elaborar guías alimentarias específicas para los niños, con materiales que permitan utilizarlas en los establecimientos educativos del nivel primario.

El Ministerio de Salud deberá realizar campañas informativas y publicitarias por todos los medios de comunicación disponibles que promuevan hábitos alimenticios saludables.

Sellos

La ley recalca que la función del sello de advertencia nutricional al frente del empaque de cualquier producto es advertir al consumidor del alto contenido o excesivo de nutrientes críticos o la presencia de edulcorantes y grasas trans.

Todo alimento que contenga cuatro o más sellos de advertencia nutricional tendrán prohibida la publicidad y promoción dirigidas a los menores de 18 años de edad para atraer la atención de éstos.

Sobre este tema, la Gremial de Alimentos y Bebidas (Gremab), adscrita a la Cámara de Industria de Guatemala (CIG), y por aparte la Cámara Guatemalteca de Alimentos y Bebidas (CGAB) han señalado que, con el contenido de la iniciativa se crean tasas impositivas que incrementará los costos para industrias e importadores y, en consecuencia, al consumidor.

La ley crea seis sellos de advertencias nutricionales, visibles al frente del empaque, y según el número de sellos, la tasa impositiva se incrementa.

Por ejemplo, por un sello es el 10% y sube un 5% por cada sello adicional hasta llegar a 6 sellos de advertencia, que representan una tasa impositiva del 35%.

De aprobarse la iniciativa como está hasta ahora redactada, el Ministerio de Salud quedaría facultado para la revisión de estas tasas cada 5 años, y podrá incrementarlas hasta un máximo de 100% en cada período.

Publicidad

  • Como parte de esas regulaciones se prohíbe el uso de técnicas de mercadeo de un producto que tengan las siguientes características:
  • Que generen un estímulo al consumo inmoderado o excesivo.
  • Que se promocionen beneficios engañosos nutricionales como obtención de fuerza, popularidad, sensación de superioridad o exclusividad al consumirlos, o de inferioridad o discriminación al no consumirlos.
  • Que sugiera que un individuo es más inteligente, generoso y afectuoso al adquirir un producto o proveerlos.
  • Que promueva su consumo por medio de dibujos animados, personajes cómicos o infantiles (ya famosos o creados), atletas deportivos y personajes o que incluya actividades recreativas como pintar, coleccionar u otra asociada.
  • El patrocinio de equipos o actividades deportivas, sociales y similares.
  • La ley ordena que el sello de advertencia nutricional, se debe aplicar de forma obligatoria en todos los alimentos preenvasados que se comercializan en el país y que excedan los criterios de nutrientes críticos establecidos en la presente ley. Lo

Sanciones

Quien incumpla lo establecido establecido en la presente ley, será sancionado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social con multas entre los veinte 20 y trescientos 300 salarios mínimos vigentes al momento de la infracción. En caso de reincidencia la sanción se duplicará y si persiste el incumplimiento, se procederá a la cancelación del Registro Sanitario.

  • Por la falta de veracidad o exclusión de los sellos, se emitirá una sanción de 100 a doscientos 200 salarios mínimos.
  • Por la falta total de los sellos en las etiquetas, de 100 a 200 salarios mínimos.
  • Por violación a la regulación de la publicidad, promoción y patrocinio, se emitirá una sanción de 100 a 300 salarios mínimos.
  • Los directores o responsables de los establecimientos educativos públicos y privados, incluyendo los de educación superior, que incumplan las disposiciones contempladas y afectas a esta ley, serán sancionados con 5 a 20 salarios mínimos.
  • Los directores o responsables de las instituciones gubernamentales, no gubernamentales autónomas, semiautónomas, relacionadas con salud, que incumplan las disposiciones serán sancionados con 5 a 20 salarios mínimos.

La ley fue aprobada en tercera lectura, más no en redacción final. Sin embargo, han surgido diferentes reacciones por parte de las gremiales en las que tendrá impacto la normativa.

La Federación de Cámaras y Asociaciones de Exportadores de Centroamérica y El Caribe (Fecaexca), en la cual se agrupan empresarios de Guatemala, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Panamá y República Dominicana, manifestaron su preocupación con relación al contenido de la iniciativa 5504, Ley de Promoción de Alimentación Saludable, al argumentar que impacta los avances en la integración centroamericana, puesto que Centroamerica es el mercado más importante de Guatemala.

Fecaexca hizo un llamado al Estado de Guatemala para que antes de aprobar la ley "se hagan las consultas necesarias, a fin de garantizar que esta no afecte negaitvamente la evolución que se ha logrado en consenso entre los seis países de la region, para que el comercio de la industria de alimentos y bebidas cumpla con la información para los consumidores".

La Federación de Cámaras del Istmo Centroamericano (Fecamco), también se pronunció al respecto y manifestaron preocupación, al afirmar que la propuesta de etiquetado frontal de advertencia, vulnera al sistema de la integracion centroamericana, desalentando la producción y el comiercio formal de un sector que genera un alto porcentaje de empleos en toda la región.

"De aprobar dicha legislación se distorsionará un marco regulatorio regional vigente de gran importancia para el comercio de alimentos y bebidas en Centroamerica, pues Guatemala está incorporando requisitos adicionales a los exigidos por los demás países del área", cita un comunicado.

Perdjudicial

La Cámara Guatemalteca de Bebidas y Alimentos (CGAB) asegura que la propuesta de crear nuevas tasas impositivas de entre 10 a 35 por ciento, sobre el costo de producción o de importación para los alimentos procesados, provocaría un inminente aumento de precios.

"Esta inciativa que crea seis diferentes sellos negros de advertencia visibles al frente del empaque de los alimentos, indicando los ingredientes que contienen en exceso los alimentos, pretende legislar que, por cada sello de advertencia, el productor o importador deberá pagar tasas impositivas", indicaron en su comunicado.

También argumentan que la lesgiacion afectaría el comercio con Centroamérica, principal socio comerial del sector de alimentos, elevando costos y poniendo en reisgo la capaciad competir en esos países.

Refirieron que la normativa requiere de más análisis para que se cumpla con el objetivo de cuidar la salud de los guatemaltecos, puesto que por ahora solo se afectaría la economía del país.

ESCRITO POR:

José Manuel Patzán

Periodista de Prensa Libre especializado en temas de seguridad, con 18 años de experiencia en periodismo escrito, radial y televisivo. Reconocido con el premio Periodista del Año de Prensa Libre en 2016.