Política

Las dudas que genera el contrato de vacunas Sputnik y acuerdo de adquisición

Tres años después comprarse las vacunas Covid-19, se conocen algunos detalles sobre los acuerdos realizados entre las autoridades de la administración de Alejandro Giammattei y la empresa rusa.

Una parte de las dosis no se utilizaron y caducaron. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Una parte de las dosis no se utilizaron y caducaron. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El 24 de enero de 2021 cobró vigencia el acuerdo gubernativo 1-2021, con el cual se aprobó el financiamiento y adquisición de las vacunas contra el Covid-19. Este dio paso a la suscripción del contrato algunos meses después y se compraron 16 millones de dosis de Sputnik V.

Dos ministros pasaron por la cartera de salud, Amelia Flores y Francisco Coma, mientras se hizo la negociación. Desde que se dio a conocer el contrato hubo poca información al respecto por parte del gobierno.

Al cuestionarse los extremos de este contrato, la administración de Alejandro Giammattei guardó silencio y justificó que la firma de este se hizo bajo criterios de confidencialidad.

En enero del presente año, el actual ministro de salud, Óscar Cordón, afirmó que no tenía acceso aún al contrato a pesar de haber asumido en el cargo. Este jueves 4 de abril, se presentó una denuncia en Gestión Penal del Organismo Judicial por parte de la Procuraduría General de la Nación (PGN), el Ministerio de Salud y la Comisión contra la Corrupción contra ese evento firmado en la administración pasada.

El Ministerio de Salud y Asistencia Social (MSPAS) analizó los decretos y acuerdos, en el que se resaltan una serie de elementos técnicos que podrían contravenir la ley. Prensa Libre tuvo acceso a la revisión y puntos que señala la cartera.

Sobre el acuerdo 1-2021 se hace énfasis en que:

  • La adquisición debía ser directamente con el fabricante
  • Se exime de cumplimiento de requisitos de la Ley de Contrataciones
  • Las actuaciones y documentación de respaldo debían publicarse en Guatecompras
  • Debía hacerse público el detalle de las compras de la vacuna incluyendo el fabricante, anticipos, costo unitario y monto global de la adquisición.

Respecto al acuerdo de suministro se indica que Human Vaccine debía transferir a Guatemala la propiedad de los productos y el país tendría que aceptar las condiciones y pagar la cantidad acordada. En caso de atrasos, la empresa queda exenta de responsabilidad y los tiempos de entrega debieron ser prolongados hasta que hubiera producción.

La compra fue catalogada como "tomar - pagar" por lo que el Estado estaba obligado a aceptar y pagar la cantidad comprometida. Si se incumplía con ordenar la cantidad de dosis acordada, se pagaría el costo incumplido.

Para los pagos, se acordó un 50 por ciento de anticipo y la otra mitad a los cinco días después de la recepción de los productos. Además, de surgir trasferencias de fondo las asumiría el comprador.

Se pagaría la cantidad de USD$796 millones, equivalente a 0.1%, por cada producto por regalía de uso de conocimiento.

Human Vaccine tampoco se haría responsable por:

  • Concepto de incumplimiento o desempeño inapropiado, exceder de un monto equivalente a USD $100 mil
  • En ningún caso por la eficiencia del producto

Además, se aceptó que el Estado indemnice y mantenga esa indemnización a la empresa por cualquier pérdida sufrida o como resultado de sus actos u omisiones.

Sobre los términos de confidencialidad se acordó que ninguna de las partes podía divulgar información a terceros sin consentimiento de la otra parte, de incumplirlo se pagaría USD$1 millón o la compensación por pérdidas resultantes.

ESCRITO POR:

Fátima Najarro

Periodista de Prensa Libre especializada en el Organismo Ejecutivo, fiscalización y política, con varios años de experiencia en medios escritos.