El decreto establece las siguientes regulaciones:
- Los autobuses no podrán circular a más de 80 km/h, controlados a partir de modificaciones en la bomba de inyección.
- Las unidades deberán hacer revisiones cada seis meses ante la autoridad competente: Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC), Dirección de Protección Vial (Provial) y las policías municipales de Tránsito (PMT).
- Los pilotos que conduzcan bajo efectos de licor serán suspendidos de uno a dos años y multas de Q5 mil a Q25 mil. La sanción es de dos a cuatro y multas de Q10 mil a Q25 mil para los pilotos de transporte colectivo.
- Modifica las penas de homicidio culposo, de dos a cinco años de cárcel, y de lesiones culposas, de tres meses a dos años.
- Las sanciones van desde los seis meses hasta cinco años.
- Las multas van de cinco a diez salarios mínimos.
- Las líneas de transporte deberán contar con pólizas de seguro y gastos funerarios.
#SesiónPlenaria
Concluye aprobación por artículos de proyecto de Ley de Implementación de Mecanismos de… https://t.co/NR4TCnycmM— Congreso Guatemala (@CongresoGuate) September 27, 2016
Muerte sobre ruedas
En lo que va del año han muerto mil 470 personas y mil 27 han resultado lesionadas a causa de accidentes viales en todo el país, según estadísticas del Departamento de Tránsito de la PNC.
Las víctimas mortales están entre los 18 y 25 años, en percances donde es común no respetar las señales de tránsito, manejar bajo efectos de alcohol, las malas condiciones de los vehículos y de las carreteras, la lluvia y la falta de concentración al momento de manejar.
En total, han ocurrido cinco mil 810 percances en la República en nueve meses, que se producen en mayor cantidad entre las 18 y 22 horas, principalmente los viernes, sábados y domingos.
En cuanto a las carreteras, la Interamericana es donde ocurren más percances:
- Interamericana: 335
- Atlántico: 269
- Costa Sur: 244
- CA Sur: 188
- CA 1 Oriente: 116
- CA2: Oriente: 36