Armando Castillo, fiscal del partido ante el TSE, dijo que el recurso es parte del proceso normal que se sigue debido a la negativa del tribunal para inscribir a la candidata presidencial de esa agrupación y que este debe resolver en tres días.
Castillo aseguró que de ser rechazado el recurso, acudirán a la Corte Suprema de Justicia para solicitar un amparo en favor de Ríos y, de ser necesario llegarán a la Corte de Constitucionalidad, aunque confía que en alguna de las instancias previas el tema será resuelto de forma positiva.
El fiscal de Viva explicó que el recurso se basa en que el inciso C del Artículo 186 de la Constitución no aplica en este caso y que esta prohibición vulnera los derechos humanos de Ríos y de 25 mil afilados del partido que pidieron la inscripción de ella como candidata presidencial.
Leopoldo Guerra, jefe del Registro, indicó que ayer le fue notificada la decisión a Zury Ríos debido a que el inciso C del articulo 186 de la Constitución determina que ella no puede ser candidata a la Presidencia.
Ese inciso indica que no podrán optar al cargo de presidente o vicepresidente de la República los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad —hijos, nietos, bisnietos y tataranietos, hermanos, sobrinos e hijos de los sobrinos— y segundo de afinidad —suegros, hijastros y cuñados— del presidente o vicepresidente de la República, cuando este último se encuentre ejerciendo la Presidencia, y los de los caudillos o jefes de un golpe de Estado.