Política

Pena de muerte en Guatemala: constitucionalistas están divididos en su aplicación legal

Resoluciones de la CC del 2016 y 2017 declararon inconstitucionales el catálogo de delitos que eran castigados con la pena máxima.

Entre los diputados ponentes de la iniciativa de le figura la presidenta del Congreso Shirley Rivera. Fotografía: Prensa Libre.

Entre los diputados ponentes de la iniciativa de le figura la presidenta del Congreso Shirley Rivera. Fotografía: Prensa Libre.

El Congreso aplazó por falta de quórum la aprobación final del indulto presidencial, con lo que varios bloques oficialistas insisten que se reactivará la pena de muerte.

Mientras en el Congreso se debate sobre esta iniciativa, afuera, varios candidatos impulsan en su oferta electoral la pena capital para combatir la inseguridad.

La iniciativa, que se encuentra pendiente de su aprobación en redacción infal, regula el procedimiento legal para que una persona condenada a muerte puede solicitar el perdón al presidente de la República, como último recurso antes de aplicar la pena capital.

Aunque para los ponentes de la ley, regular el indulto presidencial es lo único que falta para aplicar la pena de muerte, expertos en Derecho Penal y Constitucional dividen sus criterios en relación con la legalidad de la máxima pena.

 

En donde coinciden los criterios legales, es que el aprobar el indulto presidencial no significaría aplicar de manera inmediata la pena capital.

Criterios divididos

La pena de muerte está vigente en el artículo 18 de la Constitución Política de la República de Guatemala. No obstante, en los años 2016 y 2017, la CC declaró inconstitucionales el catálogo de delitos para aplicar la pena de muerte, según las resoluciones comprendidas en los expedientes 1097-2015 y 5986-2016.

Los delitos que aún permitían la pena de muerte, hasta antes de los fallos constitucionales, eran los cargos por asesinato, parricidio, ejecución extrajudicial, plagio o secuestro, torturas seguidas de muerte o daños graves a la salud, desaparición forzada, magnicidio y los contenidos en la Ley contra la Narcoactividad.

Algunos abogados afirman que la pena de muerte en vigor podría ser un disuasivo para evitar crímenes; otros aseguran que no hay camino legal que permita aplicar la pena y se trata de un engaño con fines electorales.

Puede ser aplicada

Carlos Molina Mencos, constituyente, recordó que cuando se estaba creando la actual Constitución fue él quien insistió en mantener la pena capital.

El constituyente considera que la medida sí puede servir como un disuasivo, ya que se podría evitar la ejecución de ciertos delitos debido a que el castigo máximo es la muerte.

“La pena de muerte siempre estuvo vigente, y no vulnera en nada el Pacto de San José, porque la pena de muerte estaba en vigor antes del acuerdo y nunca dejó de estar vigente, lo único que pasó fue que quitaron la ley de indulto y ya no se podía aplicar”, explicó.

Según Mencos, con esta aprobación el Ministerio Público (MP) ya podría incluir en la etapa de conclusiones la pena capital para los delitos contenidos en el Código Penal.

Estima que las inconstitucionalidades no impiden la aplicación de la pena capital, ya que existen delitos contenidos en el Código Penal que siguen manteniendo entre sus castigos la pena de muerte.

Entre los delitos que detalla el Código Penal para la aplicación de la pena de muerte y a los que hace alusión Molina Mencos, se encuentran parricidio, asesinato, violación a menores de 10 años, plagio o secuestro, desaparición forzada, y contra aquellos que asesinen al presidente o vicepresidente de la república.

“La pena de muerte nunca fue abolida. La Constitución Política de la República la reconoció y la dejó como parte del sistema, lo único que tiene es que no se puede aplicar a menores de edad, mayores de 60 años y a mujeres”, destacó el constituyente.

La pena está muerta

Édgar Ortiz y Gabriel Orellana, expertos en Derecho Constitucional, tienen una interpretación distinta y consideran que con la aprobación del indulto a la pena de muerte no habrá ningún cambio dentro del sistema de justicia.

Ortiz destaca que las inconstitucionalidades resueltas hace unos años impiden la aplicación de la pena de muerte, porque a pesar que ya se creó la última instancia, ya no existen delitos que puedan ser aplicados.

“Si entra en vigor esta ley, lo que ocurrirá es que habrá un proceso para aplicar el recurso de gracia o el indulto, pero como no hay pena de muerte vigente en el país, no habrá mayor tarea para el presidente”, señaló Ortiz.

En su lectura destacó que con las inconstitucionalidades “no tendrá impacto porque no hay condenados a muerte”, y los que sean condenados por los delitos a los que sí eran aplicables, “ya no son castigados con la pena de muerte”.

Orellana tiene una lectura similar, señalando que el trabajo que hizo la CC fue prácticamente adelantarse a cualquier práctica legislativa que busque reactivar la pena de muerte.

“Esto dejó la mesa limpia, no hay en este momento en Guatemala delito alguno que tenga la sanción de la pena de muerte”, según Orellana actualmente en el país, “la pena de muerte, está muerta”.

 

Estrategia de campaña

Más que tener un fondo jurídico, los expertos detectan una posible intención política por las próximas elecciones generales, ya que el ofrecimiento de la pena de muerte suele ser una de las promesas más comunes.

“Es un ejercicio electorero el que se está haciendo, y lamentablemente una lapidación de tiempo y dinero, porque será una ley monumento a la oquedad desde el momento que no existen delitos para aplicar esa pena”, refirió Orellana.

Ortiz, por su parte, considera que el tema podría servir para fines electorales, no solo a uno, sino a varios partidos políticos. “Han visto la pena de muerte como una propuesta popular, ven que en las encuestas la pena de muerte tiene aceptación y querrán dar esa imagen, lo veo más en una clave política que en una clave legal”.

Alejandro Balsells, abogado constitucionalista, es más crítico al analizar el proyecto y destaca que se trata de “un absurdo”, destacando que la pena de muerte, de poder ser ejecutada, tendría que ser aplicado por jueces independientes, que en estos momentos, él afirma no existen en Guatemala.

“Es una propuesta política – partidista, y político de demagogos, porque encima de todo, si quieren aplicar la pena de muerte, tienen que tener tribunales imparciales, y este Congreso no eligió las Cortes”, señaló.

Incluso estima que este tipo de leyes, con el contexto reciente, podría tener intenciones de fondo. “El hecho que decenas de guatemaltecos tengan que salir exiliados, y ahora lo que andan buscando, es matarlos”.

Ahora, la Junta Directiva del Congreso podría volver a proponer la iniciativa para su tercera lectura y redacción final a la instancia de Jefes de Bloque, que se reúnen cada martes para elaborar las propuestas de agenda del Pleno parlamentario.

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