Pero el contexto en el que se plantean las reformas a los reglamentos no es el mejor para las autoridades electorales. El TSE está atravesando una crisis por aparente falta de transparencia en procesos de compras.
Que a criterio de organizaciones sociales, que se han pronunciado en las últimas semanas, despiertan dudas las decisiones que está tomando el TSE de cara a las elecciones generales del 2023.
Aunque las organizaciones reconocen que los magistrados se retractaron de los dudosos procesos de compra, e incluso acordaron compartirles guías técnicas para mejorar sus compras, las dudas persisten en el ambiente.
Lo que no es para nada extraño que las organizaciones manifiesten tener sus reservas sobre los cuatro acuerdos que el TSE presentó este viernes en el Diario Oficial, cuya entrada en vigencia es prácticamente inmediata y para coordinar las votaciones del próximo año.
Los reglamentos modificados son el de la LEPP, Voto en el Extranjero, Control y Fiscalización de las Finanzas de las Organizaciones Políticas y el reglamento de la Unidad Especializada Sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión.
“Vimos algunos excesos en algunos artículos que legislaban en vez de potencializar algunos artículos de la ley, sino que se dedicaban a legislar con algunos excesos que podrían provocar una arbitrariedad”, manifestó Irma Palencia, presidenta del TSE.
La lista de cambios en los cuatro reglamentos detalla modificaciones a 75 artículos y la supresión de otros 10, por lo que organizaciones sociales piden tiempo para estudiar los documentos a detalle y emitir un pronunciamiento.
Pedro Cruz, presidente de Primero Guatemala, destacó que al tan solo apreciar un documento se percató que, aparentemente, se sigue buscando modificar la forma de revisión de votos, que a su criterio es peligroso.
“Me preocupa muchísimo el artículo 108 porque habla de la forma del conteo de votos, permitiendo que lo manejen programas informáticos, esto es una necedad”, puntualizó.
Entre algunos de los cambios que detallan los reglamentos electorales se incluyen las nuevas tecnologías, pero existen reformas que alteran las sanciones y hasta los procesos internos de cada partido político.
Reglamento LEPP
Se trata del acuerdo 600-2022. Entre algunos de los cambios destacan el uso de la tecnología para actualizar datos de padrón usando la página web del TSE, o incluso ser incluido en el padrón al momento de solicitar o renovar el Documento Personal de Identificación (DPI) en el Registro Nacional de las Personas (RENAP).
Pero también suprimen el artículo 27 que tenía todos los requisitos para que los partidos políticos convocaran a sus asambleas nacionales. Entre ellos tener el respaldo de la mitad más uno de los comités departamentales, hacer convocatorias escritas, publicarlas en un medio de comunicación y hacerla con al menos 30 días de antelación.
Ahora tanto partidos como comités cívicos necesitan de una autorización para hacer un mitin, cuando anteriormente tan solo debía de informar a la autoridad de la localidad.
El orden de las papeletas tampoco tomará en cuenta el orden con que cada partido sea inscrito ante el Registro de Ciudadanos, ahora será mediante sorteo.
Incluso el TSE es la autoridad encargada de decidir sobre la adquisición de programas informáticos para el conteo de votos, sin mencionar al Centro de Procesamiento de Datos del TSE que hasta antes de estas reformas era el coordinador.
Voto en el extranjero
Es el acuerdo 601-2022. Para las elecciones del 2019 el voto en el extranjero fue un fracaso, a criterio de las entidades fiscalizadoras del pasado proceso electoral, y este año las expectativas tampoco son las mejores.
Expertos en migración destacan que las jornadas de trabajo en los Estados Unidos son pagadas por hora, lo que empadronarse o ir a votar representa pérdidas económicas para los connacionales.
Pero las reformas a los reglamentos del voto en el extranjero exponen como uno de sus principales cambios reducir el tiempo de empadronamiento, que estaba con un proceso de duración de un año, pero ahora será de tres meses.
El empadronarse o actualizar información fuera de Guatemala tampoco se puede hacer de manera remota, el guatemalteco tiene que ir personalmente a un consulado para hacer la gestión.
El artículo 11 de dicho reglamento tras ser reformado es claro en decir que el voto es estrictamente personal, lo que elimina la posibilidad de que el connacional pueda optar a un voto electrónico.
Finanzas de los partidos
Reforma identificada como el acuerdo 602-2022. Entre uno de los cambios que presenta el TSE sobre este reglamento señala que si un partido político infringe la ley, por ejemplo con campaña anticipada, el dinero invertido será reducidos del techo de campaña establecido.
Pero los magistrados también eliminan la lista con vista de exclusión para ser financistas de asociaciones, personas individuales o jurídicas que hayan sido sentenciadas por cargos contra la administración pública, lavado de dinero o sujetas a procesos de extinción de dominio.
También elevaron de Q30 mil a Q50 mil como la cantidad de aporte para que cada financista se vea en la obligación de presentar una declaración jurada, esto con vísperas de explicar el origen de los fondos.
Ahora también los financistas de los partidos políticos deberán de habilitar libros ante el TSE, esto cuando hagan aportes iguales o superiores a los Q5 mil.
Medios y redes sociales
Reglas modificadas en el acuerdo 603-2022. Con los cambios en este reglamento ahora los estudios de opinión o encuestas ya no tienen prohibición 15 días antes de las elecciones, ahora el plazo límite es de 36 horas.
En el reglamento se aborda el uso de las nuevas tecnologías como lo son las redes sociales, y cada partido político debe de informar a las autoridades electorales cuál es su cuenta de red social verificada, esto para llevar un mejor control sobre los gastos de publicidad en las redes sociales.
Las autoridades clasifican a los medios de comunicación en tres vías: Medio de comunicación; incluida la radio, televisión, prensa y medios digitales que solo pueden ser contratados por el TSE.
También clasifican como medio de comunicación social aquellos que necesitan de autorización gubernamental para difundir mensajes, incluidas las frecuencias mediante usufructo o los canales mediante señales de cable.
La ultima clasificación son los medios alternativos que pueden contratar con libertad los partidos políticos; acá se incluyen vallas publicitarias, muppis, medos móviles y redes sociales.
Lo anterior podría abrir la brecha para que medios de comunicación fugaces o creadores de contenido divulguen mensajes, logos o imágenes de políticos durante las elecciones.