Esta información fue requerida por Prensa Libre el 29 de septiembre al TSE. La Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) otorga diez días hábiles a las instituciones para responder. Sin embargo, la UIP demoró 12 días y no entregó los nombres de los candidatos infractores, únicamente refirió que se interpusieron 53 multas por montos que van de $50 mil 001 a $125 mil.
Por este motivo, se interpuso un recurso de revisión en el que se advertía que la respuesta fue extemporánea y que no se entregó la información completa.
El pleno de magistrados declaró con lugar el recurso y ordenó a sus dependencias que entregaran el nombre de los candidatos sancionados en diez días hábiles posteriores al vencimiento del plazo para la respuesta, que fue el 13 de octubre. De tal cuenta, la UIP debía proporcionar la información a más tardar el 28 de octubre, pero no lo hicieron.
Ayer, 15 minutos antes de que se cerraran sus oficinas, la UIP notificó que la información estaba disponible y era necesario que alguien se apersonara a recogerla. Sin embargo, desde un inicio se pidió que la respuesta se entregara vía correo electrónico.
De tal cuenta, se espera que el lunes, cuando se cumplen tres días posteriores al vencimiento del plazo fijado por el TSE, se complete la entrega del expediente.
Por su parte, Luis Gerardo Ramírez, vocero del TSE, se limitó a afirmar que la respuesta se entregó en plazo, sin considerar lo resuelto por el pleno de magistrados.
Asimismo, Ramírez aseguró que desde el 29 de octubre la UIP notificó que la información estaba disponible y se podía recoger personalmente en la sede del TSE.
No obstante, cuando se pidió que el expediente se remitiera vía electrónica, la UIP se excusó con la Secretaría de Acceso a la Información Pública de la PDH, quien media en el proceso, que había errores en el expediente. De tal cuenta, era necesario enmendarlos y ofrecieron notificar ese mismo día cuando ya se hubiera corregido, lo cual no sucedió.
“En el caso de la información solicitada el plazo venció el día de hoy y desde ayer se le notificó al interesado para que pudiera pasar a la oficina de acceso a información pública por la misma. El día de hoy de igual manera se le notificó. En este caso no procede ninguna sanción debido a que la misma se entregó dentro de plazo establecido”, afirmó el portavoz, sin tener conocimiento del expediente y las circunstancias antes descritas.
Violan los principios de la LAIP
Silvio Gramajo, consultor en temas de información pública, dijo que en este caso se evidencia cómo el TSE no cumple a cabalidad con lo que establece la LAIP. El hecho que hagan al solicitante dirigirse personalmente a la UIP viola el principio de celeridad y sencillez de la LAIP. Además, se evidencia la mala intención, dijo el entrevistado.
Por su parte, Edie Cux, de Acción Ciudadana (AC), dijo que los malos procedimientos en que incurrió la UIP en el trámite de la solicitud promueven la opacidad y el hecho que hasta el momento no se entregue la información podría ser constitutivo de delito.
De momento, se solicitó a la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) que inicie una investigación para determinar si se vulneraron los procesos establecidos en la LAIP para acceder a información pública.
Mientras tanto, el pleno de magistrados ya ordenó a la Inspectoría General que realice una investigación para determinar quiénes son los responsables del atraso en la respuesta de la solicitud.