Este aviso lo realiza la Superintendencia de Bancos de conformidad con el artículo 8º del “Reglamento de Asuetos de las Instituciones Bancarias que operan en la República”, Resolución de la Junta Monetaria No. 2079 del 15 de mayo de 1957 y el Acuerdo Gubernativo de fecha 6 de octubre de 1980 “Normas sobre Cierres y Asuetos de las Compañías de Seguros y Fianzas”.
Agencias que prestarán servicio en ventanillas especiales:
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Banrural
Bantrab
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