Ciudad Guatemala

CSJ conserva por cuarta vez la inmunidad de Felipe Alejos


La resolución en el caso de Felipe Alejos fue por mayoría, en un momento crucial para la elección de cortes y en medio de una crisis entre el Congreso, CC y CSJ.

  29 junio, 2020 - 14:28 PM

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió este 29 de junio a favor del diputado Felipe Alejos y mantuvo su inmunidad por cuarta vez.

Esta es la cuarta vez que la CSJ dice no a la solicitud de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) del Ministerio Público (MP) para que el diputado de la bancada Todos sea despojado de su inmunidad por el caso Traficantes de influencias.

El fallo de hoy es en acato a un fallo de la Corte de Constitucionalidad (CC) que, por cuarta vez, le ordenó emitir una resolución en torno a la inmunidad de Alejos.

Así como en las tres anteriores, la CSJ no dio con lugar la solicitud de retiro de inmunidad, en sintonía con lo que el recomendó el juez pesquisidor Jorge Valladares.

Contexto

Pero esta resolución ocurre en momentos de crisis. A las puertas de la elección de magistrados de la Suprema y Apelaciones, magistrados suplentes de la Suprema dieron trámite a un antejuicio contra los magistrados titulares constitucionales Gloria Porras, Bonerge Mejía, Francisco de Mata Vela y Neftalí Aldana, por haber amparado al MP y ordenaron al Congreso que la elección de cortes debe ser mediante requisito constitucional de idoneidad, lo que se tradujo en 20 candidatos finalistas a magistrados que, según el MP, tienen impedimentos por haberse reunido con el operador Gustavo Alejos en febrero último.

Asimismo, la crisis escaló cuando la CC frenó el trámite del antejuicio en su contra al amparar a Jordán Rodas, procurador de los Derechos Humanos; Helen Mack, de la Fundación Myrna Mack, y Acción Ciudadano, fallo que ha sido respaldado y cuestionado por abogados y organizaciones.

El señalamiento contra Felipe Alejos

El caso se remonta a enero de 2018. El MP asegura que Alejos fue intermediario entre la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y empresarios para agilizar el trámite de crédito fiscal.

El mecanismo era a través de un amparo por el cual un juzgado ordenaba a la SAT devolver los fondos.

Alejos esgrime que el antejuicio es ilegal porque el MP lo investigó sin respetar su derecho de antejuicio.

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