Toque de queda en Guatemala: ¿qué es y cuáles son sus restricciones?
Los casos de contagio del nuevo coronavirus van en aumento en Guatemala, y para frenar su propagación, el presidente Alejandro Giammattei anunció esté sábado 21 de marzo que aplicará el toque de queda en todo el país a partir de este domingo 22. La medida se impondrá de cuatro de la tarde a cuatro de la mañana durante los próximos ocho días.
El toque de queda es la prohibición de circular libremente por las calles de las ciudades y permanecer en lugares públicos, en especial en horario nocturno. Los gobiernos, comúnmente, lo aplican en situaciones de guerra o conmoción interna que afectan a un país o ciudad, lo que permite garantizar la seguridad de los ciudadanos.
Sin embargo, dado la emergencia ante la propagación del covid-19 varios países han impuesto estas restricciones para contener la propagación en el territorio. En Guatemala este sábado ya suman 17 casos de contagio, por lo que el gobierno del presidente Alejandro Giammattei decidió adoptar esta medida para evitar la movilidad de personas.
El fundamento para aplicar esta acción en el país se enmarca en la Ley de Orden Público, que data de 1965, y la Constitución de 1985.
El artículo 138 constitucional señala cómo debe ser la limitación de los derechos, en caso de invasión de territorio, de perturbación grave de la paz, de actividades contra la seguridad del Estado o calamidad pública. Los instrumentos que tiene a mano el Presidente de la República son estados de Prevención, Alarma, Calamidad, Guerra, y en la presente coyuntura, Sitio.
El toque de queda, o estado de sitio, comenzará a las cuatro de la tarde y finalizará a las cuatro de la mañana del día siguiente. En ese horario solo podrán circular vehículos de emergencia, de las fuerzas de seguridad, motoristas de farmacias y restaurantes de comida rápida. Podrán estar abiertos todos los servicios básicos relacionados al abastecimiento, indicó el mandatario.
La restricción no aplicará al trasporte pesado que ingresa alimentos a la ciudad, los que trasladan combustible y los que llevan mercadería a los puertos, estos podrán circular sin limitación de horario.
Para las personas particulares
Se restringe la plena vigencia de seis derechos ciudadanos:
- De acción. Según el artículo 5 constitucional, toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe y no está obligada a acatar órdenes que no estén basadas en ley, ni tampoco puede ser perseguida ni molestada por sus opiniones o por actos que no impliquen infracción.
- De locomoción, que, de acuerdo con el artículo 26 constitucional, toda persona tiene libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional y cambiar de domicilio, no podrá ser expatriado ni prohibírsele la entrada al territorio nacional o negársele pasaporte u otros documentos de identificación; puede entrar y salir del territorio sin requisito de visa. Podría ser el caso que la autoridad cierre caminos, carreteras, o restrinja el paso de personas hacia determinado lugar.
- Derecho de reunión y manifestación. Se refiere al artículo 33, que establece que deben ser pacíficas y sin armas. La Constitución dice que estos derechos no pueden ser restringidos, disminuidos o coartados, y la ley los regulará con el único objeto de garantizar el orden público. Las manifestaciones religiosas en el exterior de los templos son permitidas y bastará una previa notificación de los organizadores ante la autoridad. Podría ser el caso de que la autoridad restrinja reuniones o eventos organizados.
- Portación de armas: El artículo 38 establece que este es un derecho, el cual debe ser regulado por ley. El estado de Sitio podría restringir la portación en lugares públicos.
- Detenciones legales: Según la Constitución, solo debe ser mediante orden judicial. Durante este tiempo una persona puede ser detenida durante un patrullaje o retén.
- Interrogatorios a detenidos y presos, tarea que corresponde a agentes judiciales. Ahora, investigadores, por ejemplo, de la Policía Nacional Civil (PNC), podrían ingresar a prisión e interrogar a algún reo de interés para las investigaciones.
“Si esta semana logramos quedarnos en casa y no salir. Si a partir de esta semana salimos a la calle con una mascarilla, las posibilidades de contagio van a disminuir. Si logramos que el virus no tenga contacto con otro ser humano vamos a hacer que desaparezca del país. Si no tenemos nada que hacer no salgamos a la calle”, dijo el presidente Alejandro Giammattei, durante el anuncio del estado de sitio en las instalaciones del Parque de la Industria, donde funcionará un hospital de emergencia para tratar a pacientes con el covid-19.
El Estado de Sitio lo debe conocer el Congreso, según lo establece la Ley de Orden Público. Entra en vigor luego de su publicación en el Diario de Centro América y luego debe ser respaldado por el Congreso de la República para su continuidad.