Acusados que acepten delitos saldrán más rápido de prisión
El Congreso aprobó este 12 de noviembre la ley de aceptación de cargos que concede reducción de hasta 50 por ciento de ciertos delitos.
Los cambios ya estaban consensuados entre los congresistas. La sesión transcurrió sin discusiones, con un quórum de 122 diputados, algo que no se veía desde hace seis meses.
El decreto 10-2019 adiciona el título 6, Procedimientos especiales de aceptación de cargos, al libro 4, Procedimientos específicos, del Código Procesal Penal.
La norma permitirá que la persona acepte los cargos imputados por el Ministerio Público (MP) en las circunstancias de tiempo, modo y lugar, de forma consciente, libre, voluntaria e informada.
El artículo 4 restringe la rebaja de penas por aceptación de cargos para los siguientes delitos:
- Genocidio, desaparición forzada, ejecución extra judicial, tortura y delitos contra los deberes de la humanidad, homicidio, parricidio, asesinato, violación, agresión sexual, ingreso a espectáculos y distribución de material pornográfico a personas menores de edad, promoción, facilitación o favorecimiento de prostitución; promoción, facilitación o favorecimiento de prostitución agravada; actividades sexuales remuneradas con personas menores de edad, producción de pornografía de personas menores de edad, plagio o secuestro, trata de personas, robo agravado; extorsión, terrorismo, feminicidio y delitos contemplados en la Ley contra la Narcoactividad.
- Los delitos que afecten la indemnidad, integridad de la niñez y adolescencia y los delitos contra la seguridad del Estado.
- La rebaja de penas solo aplicará para las penas principales de personas naturales o individuales y no aplicará para “reincidentes habituales” por el mismo delito.
El artículo 6 establece la reducción de penas, que dependerá de la fase procesal en la que la persona acepte su culpabilidad:
- 50 por ciento de la pena si la persona acepta el delito en la audiencia de primera declaración o hasta antes del auto de apertura a juicio.
- 33 por ciento si la persona acepta la culpa entre el auto de apertura a juicio y el inicio del debate.
- 20 por ciento si la persona acepta la culpa durante el juicio, antes de la fase de recepción de pruebas.
- Si el procesado recibe rebajas de penas por aceptación de cargos, y la pena excede los cinco años de cárcel, la primera tercera parte será inconmutable y el resto podrá cumplirla con dispositivo telemático.
La rebaja de la pena solo tendrá efecto hasta que el sindicado hayan hecho reparación digna e integral a las víctimas o agraviados en sus componentes de indemnización, restitución, rehabilitación, satisfacción y garantía de no repetición. Tampoco surte efecto hasta que la persona haya entregado a las víctimas o al Estado el incremento patrimonial fruto del delito.