Coronavirus en Guatemala: Estas son las razones por las que Giammattei vetó el decreto 15-2020
Ley aprobada por el Congreso tiene incongruencias e inconstitucionalidades, dice el presidente Alejandro Giammattei.
El presidente Alejandro Giammattei se pronunció este 29 de abril sobre el veto al decreto 15-2020 aprobado por el Congreso que garantizaba los servicios esenciales durante la emergencia por el coronavirus en Guatemala.
En un mensaje a la nación esta tarde, Giammattei afirmó que está de acuerdo con el espíritu de la ley, pero es técnicamente inviable y susceptible de inconstitucionalidades que se podrían volver una burla al pueblo.
Estas son las razones de Giammattei para rechazar el decreto 15-2020, lo cual fue criticado por la opinión pública y diputados. Para asegurar los servicios -agua, energía, telefonía e internet- durante esta emergencia, Giammattei presentó una iniciativa de ley a favor de los usuarios que sí da certeza y es responsable con la forma en la que se implementará.
Luz o energía
Según Giammattei, el decreto se refiere al servicio de luz, cuando la Constitución establece que es servicio de energía.
Ese decreto no delimita a qué usuarios beneficia, con lo cual incluye tanto a grandes consumidores como a los pequeños. Para Giammattei, el espíritu es favorecer a los pequeños consumidores, por tanto la iniciativa de ley suya beneficia a esos pequeños consumidores y excluye a los grandes que sí pueden pagar y que durante esta calamidad han continuado operaciones.
Dado que no definía a quién iba dirigido, el decreto hubiera permitido que no se suspendiera el servicio a quienes, por ejemplo, roban energía.
Crédito Hipotecario Nacional (CHN)
El decreto 15-2020 ordena al CHN dar crédito a las empresas prestadoras de servicios esenciales equivalente al monto que tendrán que asumir por los convenios de pago con los usuarios que no pueden pagar sus mensualidades. Según Giammattei, el decreto no define qué fuente de financiamiento tendría el banco y eso pondría en riesgo su estabilidad. Lo mismo ocurría con el Ministerio de Finanzas porque no le daba las fuentes presupuestarias.
Agua entubada
Giammattei dijo que el decreto no precisa sobre qué servicio de agua pretende favorecer al usuario. Se supone que es el servicio de agua entubada, pero el texto no lo expresa como tal y en la práctica podría suponer que busca beneficiar a usuarios de otro tipo de agua, como la embotellada.
Efecto retroactivo
La Presidencia señala que el decreto 15-2020 tiene efecto retroactivo, lo cual es inconstitucional porque las leyes pueden tener esta característica únicamente en materia penal y cuando beneficia al reo.
Convenios
El decreto no especifica cuándo deben los usuarios concretar convenios de pago con las empresas prestadoras de los servicios.
Superintendencia de Bancos
Vulnera la supervisión de esa entidad al establecer que los créditos deben ser otorgados sin mayores trámites en cinco días.
Reglamento
Según Giammattei, el decreto no establece la obligación de un reglamento para su aplicación.