Qué facturas perderán vigencia el 1 de enero de 2020 y qué debo hacer
A partir del 1 de enero del 2020, quedarán sin validez las facturas que fueron autorizadas antes del 9 de enero del 2013 por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) de acuerdo con las nuevas disposiciones.
La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) busca que más contribuyentes se alineen al régimen de Factura Electrónica en Línea, aunque todavía no es obligatoria para todos.
Sin embargo, las facturas que fueron autorizadas y que los contribuyentes presentan para la deducción del impuesto sobre la renta (ISR) o para la devolución del crédito fiscal, que correspondan antes del 9 de enero 2013 ya no tendrán vigencia.
La medida se fundamenta en el acuerdo Gubernativo 222-2019, que es el reglamento de la Ley de Reactivación Económica del Café, que entró en vigor en noviembre último y que también hace modificaciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), explicó a Prensa Libre el intendente de Fiscalización, Sergio Monterroso.
Factura electrónica
El contenido del reglamento, según el funcionario, tiene tres aspectos:
- Elimina las facturas antes del 9 de enero del 2013.
- Valida las facturas desde esa fecha.
- Permite la autorización de las facturas impresas por un período de seis meses (180 días) con opción de hacer la renovación por un plazo similar al contribuyente, si así lo desea.
Anteriormente las autorizaciones de facturas por la SAT no tenían un período y era indefinido, sin embargo, con el reglamento cambia las autorizaciones de los documentos por seis meses.
Monterroso confirmó que la idea es que los tributantes individuales y jurídicos vayan inclinándose para utilizar la Factura Electrónica (FEL), que lleva sus fases de implementación y que, para el administrador tributario, le permitirá hacer mayores controles de fiscalización, cruce de información, archivo electrónico y auditorías focalizadas, entre otros.
La FEL es un sistema automatizado. La medida es muy diferente al período de prescripción de las facturas por cuatro años, aclaró y que sigue vigente.
¿Qué hacer?
Los contribuyentes que tengan facturas por confirmar su vigencia, podrán hacer las consultas en la plataforma de la SAT sobre la autorización.
“Se pueden presentar varios casos y lo recomendable es que los usuarios hagan las consultas”, recomendó el funcionario.
En todo caso, recomendó acudir con sus proveedores para hacer las correcciones.
¡El tiempo se acaba!…. para tus facturas en papel pic.twitter.com/vwMNDxDzgW
— SAT Guatemala (@SATGT) December 26, 2019
Vigencia
El intendente de Fiscalización confirmó que el 1 de julio del 2021 los nuevos contribuyentes deberán estar en el régimen FEL.
“A partir de esa fecha todos los nuevos contribuyentes se incorporarán a la FEL”, afirmó el funcionario, quien recordó que implica tanto para individuales como jurídicos.
En la actualidad se están trabajando en los grandes contribuyentes especiales, en los medianos y en los pequeños.
Los registros de la base tributaria señalan que en hay 900 mil pequeños contribuyentes, mil 600 medianos y 550 grandes especiales; así como dos millones 400 mil contribuyentes individuales.
Además, el 1 de marzo del 2020 entrará en vigor el Registro Tributario Unificado (RTU) digital.