Las causas más recurrentes de enfrentamientos son la falta de distribución, el desvío de ríos o la ausencia de límites territoriales por falta de catastro.
Marco Legal
El marco legal actual que regula el acceso y propiedad del agua no aclara sobre límites ni señala delitos por apropiación indebida; al contrario, se contradice.
Por ejemplo, la Constitución de la República que data de 1985, en su artículo 128 dice: “El aprovechamiento de las aguas (…) está al servicio de la comunidad y no de persona particular alguna.
Sin embargo, el Código Penal que fue aprobado en 1932, dice en el Capítulo V, Propiedad de las aguas, Artículo 579: “Son de dominio privado las aguas pluviales que caigan, las aguas continuas y discontinuas que nazcan en dichos predios, las aguas de lagunas y aguas subterráneas”.
Por su parte, el Código Municipal vigente desde el 2002 dice en el Capítulo V, artículo 68: “Competencias propias del municipio. Abastecimiento domiciliario de agua potable”.
Conflicto entre comunidades
En San Marcos y Huehuetenango es recurrente encontrar conflictos por el uso del agua. En los municipios de Tajumulco e Ixchiguán las comunidades llevan años de disputas por los nacimientos de agua. Los enfrentamientos han dejado muertos y heridos.
Sumado a ello, los límites territoriales no están muy claros entre comunidades, y muchas veces se sobreponen. Es la debilidad catastral la que impide definir qué le pertenece a cada municipio.
Minería
El Código Civil establece que “Los concesionarios de pertenencias mineras (…) tienen la propiedad de las aguas halladas en sus labores”.
Un caso particular fue el de la mina Marlin, que obtuvo licencia de extracción de oro y plata en San Marcos, y también comenzó labores de perforación para la extracción de agua, ya que necesita un millón 36 mil litros diarios. La empresa obtuvo agua con su tecnología y limitó los pozos de las comunidades limítrofes de Sipacapa y San Andrés Ixchiguán. Por ese motivo se realizó un juicio en el Tribunal Latinoamericano de Aguas (TLA) y se logró una condena moral en el 2006.
Desvío de ríos
Las plantaciones de caña de azúcar y palma africana requieren riego constante, por lo que los terratenientes construyen diques de contención y desvían los ríos para captar el líquido y regar sus plantaciones.
Intentos de legislar
La falta de voluntad política y los intereses particulares han impedido que se apruebe una Ley General de Aguas que permita regular el uso y acceso a los recursos hídricos. El desconocimiento en materia ecológica y las políticas contradictorias entre ministerios causan tropiezos para proteger los recursos hídricos y no permiten su correcta administración.