Analistas creen que los más afectados por la aplicación parcial del veto van a ser los refugiados, que por definición están huyendo de sus países de origen y no tienen por qué tener ninguna relación con EE. UU.
La orden judicial emitida por la Corte Suprema da lugar a la petición del Gobierno para que se desestimen recursos interpuestos por tribunales inferiores. El máximo tribunal instó a las cortes inferiores a revisar el tema lo antes posible para que pueda haber una decisión definitiva a nivel federal.
Estos tribunales inferiores consideraban que el veto constituye un acto de discriminación por motivos de nacionalidad, entre otros argumentos. Pero abogados de la Administración Trump sostuvieron que los países incluidos no han cooperado entregando información confiable que les fue solicitada sobre determinados individuos.
La prohibición fue anunciada en septiembre y debía entrar en efecto el 18 de octubre, pero los recursos judiciales lo impidieron.
Este es el tercer intento de Trump por restringir la emisión de nuevos visados para países incluidos en esta lista. La restricción es por 90 días y también implica la suspensión de la admisión de nuevos refugiados de todo el mundo por un plazo de 120 días.
Las restricciones relativas a Venezuela aplican específicamente a ciertos funcionarios y familiares inmediatos.