LE PUEDE INTERESAR:
Al igual que en la mayoría de países, incluida Guatemala, la ley colombiana establecía que el apellido paterno debía ir después de los nombres, seguido por el materno.
Sin embargo, ante la demanda planteada por un abogado, la Corte de Constitucionalidad resolvió que esa práctica “es discriminatoria frente a los derechos de la mujer”, de acuerdo con el sitio noticioso Infobae.
La medida también establece que si los padres llegan ante la autoridad a registrar a sus hijos, y no han logrado ponerse de acuerdo sobre los apellidos, se podrá decidir en el momento mediante un sorteo.
La antigua ley dictaba que el apellido del padre debería ir primero “seguido del” de la madre. Esta frase fue considerada por los querellantes como discriminatoria.
La Corte también ordena al Congreso legislar al respecto, pero los padres desde ya pueden acordar el orden de los apellidos de sus hijos.
De acuerdo con la publicación de Infobae, el tribunal constitucional busca promover “un género más inclusivo” y estar acorde con otros países como España, Italia, Suecia, Argentina, Uruguay y México, que ya permiten esta práctica.
Contenido relacionado
> Conozca el origen de apellidos que aún perviven
> Buscan que hijos de guatemaltecos nacidos en México obtengan la doble ciudadanía