Dijo que la adopción de las enmiendas que se están discutiendo sobre la Ley de Reconciliación Nacional de 1996 “resultaría en una amnistía inmediata para los perpetradores de graves violaciones de los derechos humanos durante la guerra civil”, incluyendo crímenes de lesa humanidad como genocidio, como también implicarían otras enmiendas al Código Penal propuestas igualmente en el Congreso.
Asimismo denunció que la aprobación de las enmiendas propuestas a la ley que regula las organizaciones no gubernamentales “impediría su trabajo y restringiría las actividades de los defensores de derechos humanos.
La UE se sumó así a las declaraciones “de preocupación” ya expresadas sobre estos asuntos por el grupo de coordinación de donantes internacionales G13 en Guatemala y por el alto comisionado de la ONU para los Derechos Humanos.
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También alertó del “cada vez mayor número de ataques y asesinatos” de defensores de los derechos humanos el pasado año, de acuerdo con Naciones Unidas.
La Unión reafirmó su posición, ya expresada en una declaración en enero, de que el anuncio unilateral del presidente de Guatemala, Jimmy Morales, de poner fin al acuerdo de 2006 con la ONU que establecía una comisión internacional contra la impunidad (Cicig) en el país, “va contra las obligaciones legales” con Naciones Unidas y “mina la cooperación” con los donantes.
Entre los donantes destacó a la UE y EE. UU. por su apoyo a Guatemala en la lucha contra la impunidad y la corrupción durante “más de una década”.
Por último, Mogherini reiteró la voluntad de la UE de “seguir apoyando a las instituciones y al pueblo de Guatemala” en su lucha actual contra la corrupción y la impunidad.
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Según indicó, la UE continuará siguiendo “de cerca” la situación y, aseguró, está “dispuesta a apoyar y, si es apropiado, tomar más acciones en favor del fortalecimiento de la democracia en Guatemala”.
Más rechazo
Los países donantes conocido como G13 también se sumaron al rechazo a las reformas. En un comunicado el grupo reconoció “los importantes esfuerzos” realizados por el sistema judicial para investigar, procesar y juzgar de manera justa e independiente delitos de lesa humanidad y de corrupción, pero ve con “mucha preocupación” los proyectos de enmienda.
“En este contexto, hacemos un llamado al Congreso de la República respecto a las iniciativas de reformas a la Ley de Reconciliación Nacional enfatizando en la importancia de respetar y garantizar las obligaciones internacionales de derechos humanos asumidas voluntariamente por el Estado de Guatemala, tal como lo han señalado diversos actores nacionales e internacionales”, precisa el documento.
Asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) requirió al Estado de Guatemala interrumpir y archivar el trámite de la iniciativa.
Una resolución de la Corte IDH en este sentido señala: “De acuerdo a las facultades que le otorga el artículo 63.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de 14 casos, la Corte requiere al Estado que interrumpa el trámite legislativo de la iniciativa de ley que pretende reformar la Ley de Reconciliación Nacional de 1986 concediendo una amnistía para todas las graves violaciones cometidas durante el conflicto armado interno y la archive”.
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Qué establece
Las reformas a la Ley de Reconciliación Nacional, iniciativa 5377, van dirigidas a extender la amnistía a delitos que no fueron incluidos en el texto original, tales como genocidio, desaparición forzada y tortura. Además, de absolver a condenados por estos hechos, aplicando la retroactividad de la ley.
La iniciativa también pretende modificar el artículo 5 de la actual Ley de Reconciliación Nacional para que se declare la amnistía o extinción total de la responsabilidad penal por los delitos que, hasta la entrada en vigencia de esta ley, hubieran cometido en el enfrentamiento armado interno, como autores, cómplices o encubridores.
“Los delitos cuya responsabilidad penal se declara extinguida en este artículo se conceptúan de naturaleza política y la autoridad judicial declarará el sobreseimiento definitivo sin más trámite. Ninguna persona que haya participado en el enfrentamiento armado interno será objeto de medidas de coerción o persecución penal”, propone el nuevo texto.
La reforma también adiciona un nuevo artículo, en el que indica que “toda persona que haya sido juzgada y se encuentre en cumplimiento de condena o se encuentre en proceso penal y se le decretaron medidas de coerción, tales como auto procesamiento, prisión preventiva, medidas sustitutivas de la prisión preventiva, conducción y aprehensión por delitos enmarcados en dicha ley, se le deberá decretar la amnistía y el sobreseimiento en su caso, y ordenarse su libertad por el tribunal correspondiente en el plazo de veinticuatro horas”.
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